REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintiséis de enero de dos mil seis
195º y 146º
ASUNTO : BP02-S-2005-002640
Definitivamente firme como ha quedado la anterior Sentencia de DIVORCIO 185-A propuesto por los ciudadanos: JOSE GUILLERMO LAREZ PADRON Y MARIA DAIDAMIA CHIRA JARAMILLO, dictada por este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio Nº. 02, procédase a su ejecución. A los efectos de los Artículos 475 y 507 del Código Civil, expídase copia certificada de la Sentencia con inserción del presente auto y remítase con oficio una de ellas al Prefecto del Municipio Turístico El Morro Licenciado Diego Bautista Urbaneja del Estado Anzoátegui y otra al ciudadano Registrador Principal del Estado Anzoátegui.- Certifíquense por Secretaria dichas copias de conformidad con lo establecido en el Artículo 112 del código Civil. Asimismo, se ordena el cierre del presente expediente y se ordena su remisión al archivo Judicial.--
LA JUEZA PROVISORIA UNIPERSONAL Nº. 02
DRA. ANA JACINTA DURAN.
LA SECRETARIA ACC.
ABG. LORELYS FIGUEROA
En la misma fecha del auto anterior, se cumplió todo lo ordenado en él.-
LA SECRETARIA ACC.
ABG. LORELYS FIGUEROA.
AJD/crc.-