Visto el escrito de fecha 8 de febrero de 2006, presentado por el Abogado Edgar Pulgar Polanco, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano José Javier Galván Guzmán, parte accionante en este juicio, mediante el cual desiste del presente procedimiento, ello en virtud de la transacción judicial celebrada entre su representado y la empresa T.S.C. C.A., por ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial y, solicita el archivo del expediente; este Juzgado Superior HOMOLOGA el desistimiento formulado, por no ser contrario a derecho. En consecuencia, ordena la remisión del presente expediente al Archivo Judicial de esta Circunscripción Judicial. Pronunciamiento que formula este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. Déjese copia certificada. (Expediente signado con el Nº BP02-O-2005-000065).
El Juez Provisorio,
Abog. Antonio Marcano Campos
La Secretaria,
Abog. Mariela Trías Zerpa
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