REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO TRIBUTARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental
Barcelona, catorce de febrero de dos mil seis
195º y 146º
ASUNTO: BP02-U-2006-000009
Visto el escrito Contentivo de JUICIO EJECUTIVO, signado con el N° BP02-U-2006-000009 interpuesto en fecha 24 de enero de 2006, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documento (U.R.D.D) Civil, por la Abogada Cristina Tillero, venezolana, mayor de edad, titular de las cédula de identidad N° V-12.795.266 e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 74.782, actuando en su carácter de sustituta de la ciudadana Procuradora General de la República Bolivariana de Venezuela contra la contribuyente MULTISERVICIOS COLORAMICOS, C.A., inscrita ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, bajo el Nº 35, Tomo A-25, de fecha once (11) de abril de 1997, representada por los ciudadanos JOSE RODOLFO ORTA SILVA y JOSÈ RAMÒN ORTA TRUJILLO, venezolanos, mayores, de edad, titulares de la cédula de identidad Nros V-07.542.687 y V-935.999, en su carácter de Presidente y Vicepresidente respectivamente, de la contribuyente antes mencionada, recibido por ante este Tribunal Superior, en fecha 27 de enero de 2006; Désele entrada y curso legal correspondiente, fórmese asunto signado con el N° BP02-U-2005-000009 y anótese en el Libro de Causas llevado por este Tribunal Superior en el presente año. Este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental, realizada la revisión del referido escrito y sus recaudos, observa que se encuentran llenos todos y cada uno de los requisitos exigidos en el artículo 340 del Código de Procedimiento Civil; así como las disposiciones establecidas en los artículos 211, 212 , 213 y 289 del Código Orgánico Tributario vigente, motivo por el cual ADMITE el presente JUICIO EJECUTIVO intentado por la GERENCIA REGIONAL DE TRIBUTOS INTERNOS DE LA REGION NOR ORIENTAL DEL SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT), ADSCRITO AL MINISTERIO DE FINANZAS, contra la contribuyente MULTISERVICIOS COLORAMICOS, C.A., se ordena la intimación de la contribuyente MULTISERVICIOS COLORAMICOS, C.A., en la persona de su Presidente y Vicepresidente ciudadanos JOSE RODOLFO ORTA SILVA y JOSÈ RAMÒN ORTA TRUJILLO, venezolanos, mayores, de edad, titulares de la cédula de identidad Nros V-07.542.687 y V-935.999, respectivamente, en la siguiente dirección: Avenida Intercomunal Nº 418, Sierra Maestra Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, a fin de que comparezca por ante este Tribunal Superior dentro de los cinco días de despacho siguientes a la constancia en autos de haberse practicado la intimación ordenada, para que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 294 del Código Orgánico Tributario, pague o compruebe haber pagado a la GERENCIA REGIONAL DE TRIBUTOS INTERNOS DE LA REGION NOR ORIENTAL DEL SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT), ADSCRITO AL MINISTERIO DE FINANZAS, apercibido de ejecución las siguientes cantidades de dinero:
1. La cantidad de BÓLIVARES UN MILLÓN DOCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL, DOCIENTOS DIECINUEVE, CON CERO CENTIMOS (Bs. 1.274.219,00); por concepto de impuesto, intereses moratorios y multa; liquidados mediante planilla de liquidación Nº 071001233000121 de fecha 10/02/2004.
2. La cantidad de BÓLIVARES TRES MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE, CON CERO CENTIMOS (Bs. 3.838.477,00); por concepto de impuesto, intereses moratorios y multa liquidados mediante planilla de liquidación Nº 071001233000122 de fecha 10/02/2004.
3. La cantidad de BÓLIVARES UN MILLÓN QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL CIENTO TREINTA Y NUEVE, CON CERO CENTIMOS (Bs. 1.559.139,00); por concepto de impuesto, intereses moratorios y multa liquidados mediante planilla de liquidación Nº 071001233000123 de fecha 10/02/2004.
4. La cantidad de BÓLIVARES SEISCIENTOS SEIS MIL NOVECIENTOS VEINTICUATRO, CON CERO CENTIMOS (Bs. 606.924,00); por concepto de impuesto, intereses moratorios y multa liquidados mediante planilla de liquidación Nº 071001233000124 de fecha 10/02/2004.
5. La cantidad de BÓLIVARES CIENTO VEINTICUATRO MIL NOVECIENTOS CUARENTA, CON CERO CENTIMOS (Bs. 124.940,00); por concepto de intereses moratorios y multa liquidados mediante planilla de liquidación Nº 071001233000265 de fecha 07/06/2004.
6. La cantidad de BÓLIVARES CIENTO VEINTICUATRO MIL, SETECIENTOS SESENTA Y OCHO CON CERO CENTIMOS (Bs. 124.768,00); por concepto de multa e intereses moratorios, liquidados mediante planilla de liquidación Nº 071001233000266 de fecha 07/06/2004.
7. La cantidad de BÓLIVARES CIENTO VEINTICUATRO MIL, OCHO, CON CERO CENTIMOS (Bs. 124.008,00); por concepto de intereses moratorios y multa liquidados mediante planilla de liquidación Nº 071001233000267 de fecha 07/06/2004.
8. La cantidad de BÓLIVARES DOCIENTOS CURENTA Y SIETE MIL, CON CERO CENTIMOS (Bs. 247.000,00); por concepto de multa liquidado mediante planilla de liquidación Nº 071001233000268 de fecha 07/06/2004.
9. La cantidad de BÓLIVARES DOCIENTOS CURENTA Y SIETE MIL, CON CERO CENTIMOS (Bs. 247.000,00); por concepto de multa liquidado mediante planilla de liquidación Nº 071001233000269 de fecha 07/06/2004.
10. La cantidad de BÓLIVARES DOCIENTOS CURENTA Y SIETE MIL, CON CERO CENTIMOS (Bs. 247.000,00); por concepto de multa liquidado mediante planilla de liquidación Nº 071001233000270 de fecha 07/06/2004.
11. La cantidad de BÓLIVARES DOCIENTOS CURENTA Y SIETE MIL, CON CERO CENTIMOS (Bs. 247.000,00); por concepto de multa liquidado mediante planilla de liquidación Nº 071001233000271 de fecha 07/06/2004.
12. La cantidad de BÓLIVARES DOCIENTOS CURENTA Y SIETE MIL, CON CERO CENTIMOS (Bs. 247.000,00); por concepto de multa liquidado mediante planilla de liquidación Nº 071001233000272 de fecha 07/06/2004.
13. La cantidad de BÓLIVARES DOCIENTOS CURENTA Y SIETE MIL, CON CERO CENTIMOS (Bs. 247.000,00); por concepto de multa liquidado mediante planilla de liquidación Nº 071001233000273 de fecha 07/06/2004.
14. La cantidad de BÓLIVARES CINCO MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL, CIENTO SESENTA CON CERO CENTIMOS (Bs. 5.887.160,00); por concepto de impuesto y multa liquidado mediante planilla de liquidación Nº 071001233000274 de fecha 07/06/2004.
15. La cantidad de BÓLIVARES DOS MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL, SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS, CON CERO CENTIMOS (Bs. 2.435.786,00); por concepto de impuesto y multa liquidado mediante planilla de liquidación Nº 071001233000275 de fecha 07/06/2004.
16. La cantidad de BÓLIVARES CINCO MILLONES VEINTIOCHO MIL, CIENTO DIECISIETE, CON CERO CENTIMOS (Bs. 5.028.117,00); por concepto de impuesto y multa liquidado mediante planilla de liquidación Nº 071001233000276 de fecha 07/06/2004.
17. La cantidad de BÓLIVARES UN MILLON QUINIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL, OCHENTA CON CERO CENTIMOS (Bs. 1.588.080,00); por concepto de impuesto y multa liquidado mediante planilla de liquidación Nº 071001233000277 de fecha 07/06/2004.
18. La cantidad de BÓLIVARES CINCO MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y TRES MIL, CUATROCIENTOS SIETE, CON CERO CENTIMOS (Bs. 5.963.407,00); por concepto de impuesto y multa liquidado mediante planilla de liquidación Nº 071001233000278 de fecha 07/06/2004.
19. La cantidad de BÓLIVARES SEISCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL, SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE, CON CERO CENTIMOS (Bs. 638.639,00); por concepto de impuesto y multa liquidado mediante planilla de liquidación Nº 071001233000279 de fecha 07/06/2004.
20. La cantidad de BÓLIVARES UN MILLÓN DOCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS SEIS, CON CERO CENTIMOS (Bs. 1.254.906,00); por concepto de impuesto y multa liquidado mediante planilla de liquidación Nº 071001233000280 de fecha 07/06/2004.
21. La cantidad de BÓLIVARES TRES MILLLONES TRECIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y SEIS, CON CERO CENTIMOS (Bs. 3.387.866,00); por concepto de impuesto y multa liquidado mediante planilla de liquidación Nº 071001233000281 de fecha 07/06/2004.
22. La cantidad de BÓLIVARES UN MILLÓN QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL TRECIENTOS SETENTA Y SIETE, CON CERO CENTIMOS (Bs.1.595.377,00); por concepto de impuesto y multa liquidado mediante planilla de liquidación Nº 071001233000282 de fecha 07/06/2004.
23. La cantidad de BÓLIVARES CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL, OCHOCIENTOS OCHENTA Y SEIS, CON CERO CENTIMOS (Bs.482.886,00); por concepto de impuesto y multa liquidado mediante planilla de liquidación Nº 071001233000283 de fecha 07/06/2004.
24. La cantidad de BÓLIVARES UN MILLÓN SEISCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL TRECIENTOS TREINTA Y CUATRO, CON CERO CENTIMOS (Bs.1.674.334,00); por concepto de impuesto y multa liquidado mediante planilla de liquidación Nº 071001233000284 de fecha 07/06/2004.
25. La cantidad de BÓLIVARES UN MILLÓN SETECIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS VEINTIDÓS, CON CERO CENTIMOS (Bs.1.748.622, 00); por concepto de impuesto y multa liquidado mediante planilla de liquidación Nº 071001233000285 de fecha 07/06/2004.
26. La cantidad de BÓLIVARES CUATRO MIL CIENTO NOVENTA Y DOS, CON CERO CENTIMOS (Bs.4.192,00); por concepto de impuesto y multa liquidado mediante planilla de liquidación Nº 071001233000286 de fecha 07/06/2004.
27. La cantidad de BÓLIVARES DOCIENTOS VEINTIDÓS MIL SETECIENTOS VEINTIDÓS, CON CERO CENTIMOS (Bs.222.722,00); por concepto de impuesto y multa liquidado mediante planilla de liquidación Nº 071001233000287 de fecha 07/06/2004.
28. La cantidad de BÓLIVARES UN MILLÓN NOVECIENTOS DIEZ MIL, CIENTO CUARENTA Y NUEVE, CON CERO CENTIMOS (Bs.1910.149,00); por concepto de impuesto y multa liquidados mediante planilla de liquidación Nº 071001233000288 de fecha 07/06/2004.
29. La cantidad de BÓLIVARES SETECIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS CATORCE CON CERO CENTIMOS (Bs.784.914,00); por concepto de impuesto y multa liquidados mediante planilla de liquidación Nº 071001233000289 de fecha 07/06/2004.
30. La cantidad de BÓLIVARES DOS MILLONES TRES MIL QUINIENTOS VEINTICUATRO CON CERO CENTIMOS (Bs.2.033.524,00); por concepto de impuesto, intereses moratorios y multa, liquidados mediante planilla de liquidación Nº 071001233000290 de fecha 07/06/2004.
31. La cantidad de BÓLIVARES OCHO MILLONES TREINTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y DOS CON CERO CENTIMOS (Bs.8.033.472,00); por concepto de impuesto, intereses moratorios y multa liquidados mediante planilla de liquidación Nº 071001233000291 de fecha 07/06/2004.
32. La cantidad de BÓLIVARES TRES MILLLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL, NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS CON CERO CENTIMOS (Bs.3.487.986,00); por concepto de impuesto, intereses moratorios y multa liquidados mediante planilla de liquidación Nº 071001233000292 de fecha 07/06/2004.
33. La cantidad de BÓLIVARES CINCO MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL, SEISCIENTOS DOCE, CON CERO CENTIMOS (Bs.5.836.612,00); por concepto de impuesto, intereses moratorios y multa liquidados mediante planilla de liquidación Nº 071001233000293 de fecha 07/06/2004.
34. La cantidad de BÓLIVARES DOS MILLONES DOCIENTOS NOVENA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS VEINTINUEVE, CON CERO CENTIMOS (Bs.2.298.829,00); por concepto de impuesto, intereses moratorios y multa liquidados mediante planilla de liquidación Nº 071001233000294 de fecha 07/06/2004.
35. Las costas del proceso de conformidad con lo dispuesto en el artículo 327 del Código Orgánico Tributario; conforme a la Ley, la cantidad de BOLIVARES SEIS MILLLONES QUINIENTOS CUARENTA MIL, DOCIENTOS CINCO, CON CINCO CENTIMOS (Bs.6.540.205,05), equivalente al diez por ciento (10%) de la suma demandada, así como los intereses moratorios generados desde el vencimiento del cumplimiento de las obligaciones, hasta la cancelación total de la deuda o formulen oposición conforme a la ley. En cuanto a la medida solicitada en el escrito libelar por la GERENCIA REGIONAL DE TRIBUTOS INTERNOS DE LA REGION NOR ORIENTAL DEL SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT), ADSCRITO AL MINISTERIO DE FINANZAS, el Tribunal proveerá en el correspondiente cuaderno separado de medidas el cual se ordena abrir.- Líbrese boleta de intimación con las inserciones pertinentes, anéxele copia certificada del escrito libelar y del presente auto a los fines de ser entregada al intimado. Cúmplase con lo ordenado.-
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental. Barcelona, a los catorce (14) días del mes de febrero del año 2006. Años 195° de la Independencia y 146° de la Federación.
El Juez Temporal,
Dr. Onéximo Garnica Prato.
La Secretaria,
Abg. Magaly Díaz.
Nota: En esta misma fecha (14-02-2006) se dictó la presente decisión previa las formalidades de la ley a las 10:00 a.m. Conste.-
La Secretaria,
Abg. Magaly Díaz.
OGP/MD/y.p.