REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 3 de Febrero de 2006
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2006-000286
ASUNTO : BP01-P-2006-000286
Visto el escrito presentado por el Abg. JORGE LUIS ZURITA, titular de la cédula de identidad número 3.668.586, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 44.786, actuando en éste acto en representación de la Empresa Zurch Seguros S.A., según Poder que le fuere otorgado por el Representante Legal de dicha Empresa, ciudadano DOMINGO SOSA BRITO, titular de la cédula de identidad número 560803, autenticado en fecha 22-04-04, ante la Notaría Pública Novena del Municipio Chacao del Estado Miranda, quedando asentado bajo el número 26, Tomo 54 de los Libros respectivos, mediante la cual solicita a éste Despacho la entrega de un vehículo, cuyas características constan en autos; éste Tribunal de Control Nro. 02 para decidir observa:
PRIMERO: Revisadas todas y cada una de las actuaciones que conforman el presunto asunto, se observa que consta en autos Certificado de Registro de Vehículo signado con el número 3999099, de fecha 25-09-02, correspondiente al ciudadano EDGAR JOSE MENDEZ QUIJADA, titular de la cédula de identidad número 8.314.934, respecto a un vehículo Marca Daewoo, Modelo Tacuma, Color Verde, Año 2.002, Placa BBC61M, Serial de Carrocería KLAUA75ZE2K780444, Serial del Motor C20SED111822, Clase Automóvil, tipo Sedan, Uso Particular.
SEGUNDO: Consta en autos Denuncia formulada en fecha 16-09-02, por el ciudadano EDGAR JOSE MENDEZ QUIJADA, titular de la cédula de identidad número 8.314.934, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, Sub-Delegación Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, mediante la cual expone que dos sujetos desconocidos portando armas de fuego y mediante amenaza de muerte lo despojaron de su vehículo Marca Daewoo, Modelo Tacuma, Color Verde, Año 2.002, Placa BBC61M, Serial de Carrocería KLAUA75ZE2K780444, Serial del Motor C20SED111822, Clase Automóvil, tipo Sedan, Uso Particular; quedándole asignada el número de investigación G-205119.
TERCERO: Consta en autos, Acta Policial suscrita por el funcionario Daniel Patete Guevara, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Delegación del Estado Bolívar, donde hacen constar la recuperación del vehículo el cual previa experticia de reconocimiento legal y reactivación de seriales, resultó ser de las siguientes características: Marca Daewoo, Modelo Tacuma, Color Verde, Año 2.002, Placa BBC61M, Serial de Carrocería KLAUA75ZE2K780444, Serial del Motor C20SED111822, Clase Automóvil, tipo Sedan, Uso Particular, el cual se encuentra requerido por el referido Organismo de Investigación Penal, Sub-Delegación Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, según expediente número G-205119, de fecha 16-09-02.
CUARTO: Cursa en autos Experticia de Reconocimiento Legal y Reactivación de Seriales, practicada por el experto Daniel Patete Guevara, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, Delegación del Estado Bolívar, al vehículo objeto de la presente solicitud, mediante la cual concluyen que los seriales de carrocería y motor son falsos; bajo la pulimentación y aplicación de reactivo generador de caracteres borrados sobre metal (FRY), se logró obtener numeración original de los seriales de identificación resultando ser: Serial de Carrocería KLAUA75ZE2K780444 y Serial del Motor C20SED111822; asimismo, una vez consultado los seriales originales ante Sistema de Información policial, el vehículo resultó requerido por el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, según el número de expediente G-205119, de fecha 16-09-02.
QUINTO: Cursa en autos, Documento suscrito por el ciudadano EDGAR JOSE MENDEZ QUIJADA, titular de la cédula de identidad número 8.314.934, mediante la cual en su condición de propietario del vehículo Marca Daewoo, Modelo Tacuma, Color Verde, Año 2.002, Placa BBC61M, Serial de Carrocería KLAUA75ZE2K780444, Serial del Motor C20SED111822, Clase Automóvil, tipo Sedan, Uso Particular, cede y subroga formalmente a la Empresa Zurch Seguros S.A., el derecho de propiedad y todas las acciones que le corresponden sobre dicho vehículo para que sean ejercidos con toda plenitud en caso de recuperación del mismo, al haber recibo de la referida Empresa de Seguros la cantidad de 15.425.753,42 bolívares por concepto de indemnización en razón al siniestro relativo al Robo del vehículo, el cual se encontraba asegurado según póliza número 920103731369173502. Documento éste debidamente autenticado en fecha 17-06-03 ante la Notaría Pública Vigésima Octava del Municipio Libertador del Distrito Capital, quedando asentado bajo el número 90, Tomo 27 de los Libros respectivos.
En consecuencia, éste Órgano Jurisdiccional conforme al artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, acuerda la entrega del vehículo Marca Daewoo, Modelo Tacuma, Color Verde, Año 2.002, Placa BBC61M, Serial de Carrocería KLAUA75ZE2K780444, Serial del Motor C20SED111822, Clase Automóvil, tipo Sedan, Uso Particular, al Abg. JORGE LUIS ZURITA, titular de la cédula de identidad número 3.668.586, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 44.786, actuando en éste acto en representación de la Empresa Zurch Seguros S.A. y así se decide.
DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, éste Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, con funciones de Control Nro. 02, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: PRIMERO: Con Lugar la solicitud presentada por el Abg. JORGE LUIS ZURITA, titular de la cédula de identidad número 3.668.586, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 44.786, actuando en éste acto en representación de la Empresa Zurch Seguros S.A; en consecuencia, conforme al artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, se acuerda la entrega del vehículo Marca Daewoo, Modelo Tacuma, Color Verde, Año 2.002, Placa BBC61M, Serial de Carrocería KLAUA75ZE2K780444, Serial del Motor C20SED111822, Clase Automóvil, tipo Sedan, Uso Particular. SEGUNDO: Remítase oficio al Encargado del Estacionamiento Guanaima de ciudad Bolívar, Estado Bolívar. TERCERO: Devuélvanse los documentos originales al solicitante, debiéndose certificar por secretaría las copias respectivas y corregir la foliatura del expediente. CUARTO: Remítase el presente asunto a la Fiscalía Sexta del Ministerio Público de éste Estado a los fines legales pertinentes. Regístrese. Notifíquese a las partes.
EL JUEZ DE CONTROL Nro: 02.
Dr. JOSE FRANCISCO MOLINA.
EL SECRETARIO.
Abg. ADANNEL GUERRERO