REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 6 de Febrero de 2006
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2006-000484
ASUNTO : BP01-P-2006-000484
Vista la solicitud de sobreseimiento que presentó por ante este Tribunal de Control la DRA. LINDA MONTERO, Fiscal Sexta del Ministerio Público a favor de PERSONAS DESCONOCIDAS conforme al artículo 318 numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal, a quien se le imputaba la comisión de uno de los delitos CONTRA LA PROPIEDAD, y a quien según el criterio del fiscal, no se le puede atribuir en consecuencia la comisión del referido delito ut supra calificado, ya que de las investigaciones practicadas no emergen bases suficientes para solicitar el enjuiciamiento de alguna persona.
Se inicio la presente causa en fecha 29/08/1999, mediante DENUNCIA COMUN interpuesta por el ciudadano JUAN JOSE KABABE QUIJADA, ante el C. I. C .P. C Delegación de Puerto La Cruz ; quien se desempeñaba como taxista, se desplazaba por la ciudad de Guanta, cuando tres sujetos desconocidos le solicitaron el servicio de transporte …. Y a la altura de la calle 12 de Guanire uno de los sujetos portando un arma de fuego le manifestó que era un atraco…”
Analizado como ha sido por este tribunal la presente solicitud de sobreseimiento, se observa que en la investigación no se determino la identidad de persona alguna como autora o participe del hecho objeto de la misma, ni existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación, por cuanto en fecha 08/05/2003 se Decreto Archivo Fiscal, por lo que se encuentra procedente y ajustada a derecho la solicitud de sobreseimiento de la parte fiscal a favor del ciudadano PERSONAS DESCONOCIDAS, fundamentada en el numeral 4º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide.
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la causa a favor del ciudadano PERSONAS DESCONOCIDAS, de conformidad con lo establecido en el numeral 4º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, Regístrese y Notifíquese a las partes.
El Juez de Control Nº 05,
Dra. Luz Verónica Cañas Izaguirre
La Secretaria,
Abg. Nohexis García