REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 20 de febrero de 2006
195º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-S-2004-006047
ASUNTO : BP01-S-2004-006047
Vista la solicitud de Sobreseimiento de la causa consignada por el Fiscal del Ministerio Público para el Régimen Procesal Transitorio de esta Circunscripción Judicial, conforme a los artículos 108, ordinal 7° del Código Orgánico Procesal Penal, 34, ordinal 10° de la Ley Orgánica del Ministerio Público, 318, ordinal 3°, 48 ordinal 8° del Código Orgánico Procesal Penal y 108, ordinal 6° del Código Penal, el proceso incoado en contra de CAMILO OLMOS, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES LEVES, penado en el artículo 418 del Código Penal, en perjuicio de JOHANNA DEL CARMEN GUILLET GUAREGUAN; este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control, para decidir al respecto, observa:
Los hechos que nos ocupan se suceden el 12 mayo de 1997 y tratándose del delito de LESIONES PERSONALES LEVES, penado en el artículo 418 del Código Penal y con un lapso de prescripción de un (01) año, de acuerdo a lo dispuesto en el ordinal 6° del artículo 108 ejusdem, y en virtud de haber transcurrido un lapso de más de seis (06) años, desde la fecha en que se perpetrara el ilícito penal perseguido, sobrepasando en exceso el lapso de prescripción aplicable, se debe concluir que la petición Fiscal se encuentra ajustada a Derecho y se procede en consecuencia a decretar el SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, por haber operado la prescripción de la acción penal, de acuerdo a los artículos 318, ordinal 3°, 48 ordinal 8° del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 108, ordinal 6° del Código Penal y así se decide.-
DISPOSITIVA
Este Tribunal en Función de Control Sexto del Circuito Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, presentada por la parte Fiscal, en la causa incoada en contra de CAMILO OLMOS, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES LEVES, cometido en perjuicio de JOHANNA DEL CARMEN GUILLET GUAREGUAN, de acuerdo a los artículos 318, ordinal 3° y 48, ordinal 8° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 108, ordinal 6° del Código Penal.
Regístrese, notifíquese y déjese copia.
EL JUEZ DE CONTROL 06,
DR. ANWAR ROMHAIN MARIN.
EL SECRETARIO,
ABG. RAMON MOISES FERNANDEZ ORAA.