REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 7 de Febrero de 2006
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2005-004356
ASUNTO : BP01-P-2005-004356
Vista la solicitud interpuesta por el Ciudadano: JOHAN DEL VALLE MENDEZ HUNG, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V.- 14.189.047, en el sentido de que este Despacho se sirva hacerle la entrega del vehículo con las siguientes características. VEHÍCULO MARCA: FIAT, COLOR: AZUL: SERIAL DE CARROCERIA: 2FA146CS0H155364. AÑO: 1987, SERIAL DE MOTOR 4038722, MODELO: PREMIO tipo: SEDAN, USO: PARTICULAR: CLASE: AUTOMOVIL: PLACAS: XFO188, este Tribunal a los fines de decidir observa:
En fecha el 13 de Septiembre del 2004, le es notificada a la solicitante sobre la Negativa de entrega de vehículo por parte de la Fiscal Sexto del Ministerio Publico de esta Circunscripción Judicial Estado Anzoátegui, en virtud de las consideraciones expuestas en el respectivo auto relacionadas con los resultados de la experticia practicada al vehículo, en virtud del criterio fiscal de que no es posible la entrega del vehículo cuya individualización no puede ser determinada por medio de la experticia.
A los fines de proveer su entrega, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal este Tribunal observa que el solicitante acredita documentos relacionados con la titularidad del bien, a saber: Documento Poder debidamente Notariado por la cual el Ciudadano, JOHAN DEL VALLE MENDEZ HUNG, demuestra mediante poder Notariado que esta en posesión del mismo, por lo cual se evidencia que el Ciudadano antes mencionado posee derechos sobre el bien cuya características identificativas coinciden con el inspeccionado, y que no obstante los resultados de la experticia practicada, no habiendo opositor a dicha entrega y vista la documentación consignada; a este Tribunal por el Ciudadano JOHAN DEL VALLE MENDEZ HUNG, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V.- 14.189.047,, considera Tribunal, procedente hacer la entrega del mismo en guarda y custodia, esto es, bajo ciertas y determinadas condiciones que limiten su libre disposición, como lo sería prohibición de enajenar y gravar y la expresa obligación de presentarlo por ante este Tribunal cada vez que se le requiera.
En consecuencia Este Tribunal del Control N° 06, ACUERDA la ENTREGA FORMAL VEHÍCULO MARCA: FIAT, COLOR: AZUL: SERIAL DE CARROCERIA: 2FA146CS0H155364. AÑO: 1987, SERIAL DE MOTOR 4038722, MODELO: PREMIO tipo: SEDAN, USO: PARTICULAR: CLASE: AUTOMOVIL: PLACAS: XFO188. a el ciudadano: JOHAN DEL VALLE MENDEZ HUNG, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V.- 14.189.047,, ampliamente identificado en autos, comprometiéndose el referido ciudadano a presentar el vehículo supra citado al Órgano Jurisdiccional o al Ministerio Público, toda vez que sea requerido por los mismos, y con prohibición de enajenar y gravarlo, de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal. Libérese oficio al Cuerpo de Investigaciones Científica Penales y Criminalistica Sub- Delegación Barcelona, Estado Anzoátegui, donde se encuentra depositado el referido vehículo y boleta de notificación al solicitante. Cúmplase lo ordenado.
EL JUEZ DE CONTROL N°. 6
DR. ANWAR ROMHAIN MARIN.
LA SECRETARIA,
ABG. HECTOR MUSSO,