REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO
Visto el desistimiento que de la presente solicitud hiciera el ciudadano, PLACIDO RAFAEL DIAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° de identidad N° 3.670.357, casado, de este domicilio; debidamente asistido del abogado en ejercicio VICTOR ALFREDO PRIETO MELO, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 76580; este Tribunal por cuanto el mismo no es contrario a derecho, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, lo homologa en la misma forma, términos y condiciones por el expresada, lo toma como Sentencia pasada, en autoridad de cosa Juzgada da por terminada la presente solicitud, ordena el desglose del documento original, cursante a los folios dos y tres de la presente solicitud, corregir la foliatura por cuanto se alteró la misma al desglosar dicho documento.-Y se ordena el archivo del expediente, una vez desglosado el referido documento.-
El Juez Suplente Especial.
Dr. José Campos Carvajal.
La Secretaria,
Abog. Jorgymar Pumar de Pineda.-
Lrz.