REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, catorce de febrero de dos mil seis
195º y 146º

ASUNTO : BP02-T-2006-000010

Vista la anterior demanda por DAÑOS Y PERJUICIOS (TRÁNSITO) y sus anexos, presentada por los ciudadanos HECTOR S. RODRIGUEZ N. y SIMON E. RODRIGUEZ T., venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédulas de Identidad Nros. 4.147.689 y 17.953.479, respectivamente, debidamente asistidos por el abogado en ejercicio TOMAS ANTONIO CASTELLANO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 82.348, en contra de INERSIONES FORAIRE, C.A., Rif. N° j30133414-0, domiciliada en la carretera nacional vía Caigua, sector Panamayal; SEGUROS UNIVERSITAS DE SEGURO, C.A., domiciliada en la Avenida 5 de Julio, edificio Universitas de seguros, Puerto la Cruz, Municipio Juan Antonio Sotillo del Estado Anzoátegui; y RAMON VARGAS RIVERO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 3.170.426, Por cuanto de la revisión del líbelo de la demanda y de los anexos consignados, se evidencia que no fueron consignados los elementos probatorios sobre los cuales se fundamenta la presente acción, el Tribunal Niega la admisión de la misma, por no reunir los extremos de ley y así se decide.-
El Juez Suplente Especial;


Abg. Pedro Rafael Mejía.-

La Secretaria


Abg. Doris Rojas de Nadales



PRM/kgs