REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, diez de febrero de dos mil seis
195º y 146º

ASUNTO: BP12-M-2006-000005

Vista la diligencia de fecha 02 de febrero del dos mil seis, suscrita por el abogado BRENDAN GABRIEL GRANT, en su carácter de apoderado judicial de la empresa CANAVEN, C.A., mediante la cual solicita el Tribunal subsane el error involuntario en el cual incurrió.- Este Juzgado por cuanto de la revisión del presente asunto se observa que efectivamente en el auto de fecha veintiséis de enero de dos mil seis mediante el cual se niega la admisión de la demanda se mencionan partes distintas a las indicadas en el escrito libelar, así como la no coincidencia de las facturas objetos de la presente acción; evidenciándose de esta manera el error involuntario, es por lo que este Tribunal a los fines de subsanar el error involuntario en el cual incurrió acuerda dejar sin efecto alguno dicho auto y ordena dictar un nuevo auto a los fines de pronunciarse sobre la admisibilidad de la demanda incoada por la empresa CANAVEN, C.A. contra la empresa SERVICIOS Y CONSTRUCCIONES FIAMONTE, C.A.-Así se decide.-

LA JUEZ TEMPORAL,

Abog. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA,

Abog. MARIANELA QUIJADA ESTABA.