REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, veinticuatro de febrero de dos mil seis
195º y 147º
ASUNTO: BP12-V-2006-000088
Por recibida la anterior demanda que por QUERELLA INTERDICTAL DE DESPOJO, presentada por la ciudadana NIDIA VELASQUEZ, portadora de la cédula de identidad N° 8.968.440, mayor de edad, venezolana, de este domicilio, debidamente asistida por el abogado LUIS ALFREDO VARELA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 96.506, el Tribunal se dispone a darle entrada.- Quedó anotado bajo el N° BP12-V-2006-000088 del Libro de Entradas y Salidas de Causas que al efecto lleva este Despacho.- Estámpese el asiento respectivo en el Libro Diario.- A los fines de la admisión de la presente demanda el Tribunal observa:
Por cuanto de la lectura del escrito libelar no se evidencia quienes son los querellados o presuntos invasores e igualmente no se acompaña instrumento que evidencia la perturbación alegada por la parte actora, de conformidad con el establecido en el artículo 782 del Código Civil, este Tribunal declara INADMISIBLE la presente acción y así se decide.-
LA JUEZ TEMPORAL,
Abog. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA,
Abog. MARIANELA QUIJADA ESTABA