REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, diecisiete de febrero de dos mil seis
195º y 146º

ASUNTO : BP12-V-2006-000068

Visto el escrito de libelo de demanda contentivo de la PRESCRIPCION ADQUISITIVA o EXTINTIVA y los recaudos acompañados, incoado por la ciudadana: ZORAIDA MARGARITA RODRIGUEZ GARCIA, asistida por la abogada JENNY VIVAS DE URBANO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°: 100.154, contra los ciudadanos: HECTOR RAFAEL GARCIA TANG y MILYAN RODRIGUEZ DE GARCIA, presentado por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos, El Tigre.- En consecuencia, esta Juzgadora de la revisión efectuada a los mismos pudo constatar que no llena los requisitos establecidos en el Artículo 691 del Código de Procedimiento Civil, en lo que respecta a la certificación del Registrador en la cual conste el nombre, apellido y domicilio de las personas que aparezcan en dicha oficina como propietarios ó titulares de un derecho real sobre el inmueble y por tratarse de un procedimiento especial, este junto con la copia certificada del titulo respectivo, los cuales son requisitos especiales por la naturaleza jurídica de la misma. En virtud de los transcrito supra se NIEGA la Admisión de la presente demanda.-
Esta decisión se dicta Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley.-
LA JUEZ TEMPORAL.,

ANA MARIA DEL CIOPPO PEREZ.-
LA SECRETARIA Acc.,

MARYSAMIL LUGO ITANARE.-