REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, catorce (14) de febrero de dos mil seis
195º y 145º
AUDIENCIA DE JUICIO

ASUNTO: BP02-L-2004-001052
PARTE ACTORA: GUSTAVO TORRES y VICENTE CARRASCO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de la cédula de identidad Nº 8.297.231 y 8.321.714, respectivamente.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NEYIBEL MATA LAREZ, GABRIELA BORGES, RAUL ORTEGA GOMEZ, SERGIO MORALES BURIEL, HAIDEE ROMERO y CASTO BELLO, inscritos en el I.P.S.A. bajo los números 94.652, 94.359, 51.140, 72.396, 67.192 y 82.329, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: CONSORCIO TOZZI AISCA, (CTA, C.A), inscrita en el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 09 de agosto de 2001, bajo el Nro.26, Tomo A-59.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: Los abogados CARLOS GUEVARA, MARIOLA GUEVARA ESTE y FRANCISCO TRUJILLO, inscritos en el IPSA bajo los Nros.14.851, 98.103 y 100.213, respectivamente.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

En horas de despacho del día de hoy, catorce (14) de febrero de dos mil seis (2006), siendo las nueve de la mañana (9:00 a.m), oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia de juicio en el presente asunto, en el juicio seguido por los ciudadanos GUSTAVO TORRES y VICENTE CARRASCO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de la cédula de identidad Nº 8.297.231 y 8.321.714, respectivamente, contra la empresa CONSORCIO TOZZI AISCA, (CTA, C.A). Se constituye de conformidad con lo previsto en el artículo 16 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Presidido por la Juez MARIA AUXILIADORA CHAVEZ, la Secretaria Abog. ROMINA VACCA y el Alguacil JAVIER AGUACHE, razón por la cual se abre la sesión. Posteriormente la Ciudadana Juez ordena a la Secretaria informar el motivo de la presente Audiencia y dejar constancia de la presencia de las partes. Seguidamente la Secretaria dio cuenta a la Ciudadana Juez del objeto de la presente Audiencia. Asimismo deja constancia de la incomparecencia del ciudadano VICENTE CARRASCO, plenamente identificado, y de sus apoderados judiciales. Asimismo se deja constancia de la incomparecencia de la demandada CONSORCIO TOZZI AISCA, (CTA,C.A); a través de sus representantes o apoderados judiciales. Acto seguido, la ciudadana Juez, vista la incomparecencia del ciudadano VICENTE CARRASCO, parte actora, declara en cuanto a este ciudadano, el desistimiento de la acción, y terminado el proceso, conforme al artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Y en cuanto al ciudadano GUSTAVO ALFONZO TORRES GUAIPO, cédula de identidad Nro.8.297.231, se deja constancia de su comparecencia y de la incomparecencia de la demandada, por lo que el tribunal de conformidad con el segundo aparte del artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declara la admisión de los hechos en cuanto a los hechos alegados, entrando a revisar el derecho; y la sentencia en cuanto a este ciudadano, será publicada dentro de los cinco días de despacho siguientes al de hoy, momento en el cual comenzará a correr el lapso legal correspondiente para interponer los recursos que creyeren pertinentes. Igualmente se deja constancia que la presente audiencia se reprodujo en forma audiovisual de acuerdo a lo preceptuado en el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, con una cámara marca SONY, mini DV, serial Nº 441463, manipulada por el técnico audiovisual adscrito a la Coordinación Judicial de esta Circunscripción Judicial, ciudadano JESUS GUEVARA, titular de la cédula de identidad Nº 11.904.682. Se declara concluida la Audiencia de Juicio. Siendo las 9:05 a.m. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ,

MARIA AUXILIADORA CHAVEZ


EL ACTOR


LA SECRETARIA

ABOG. ROMINA VACCA