REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero Transitorio Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, catorce de febrero de dos mil seis
195º y 146º
ASUNTO: BH0A-X-2006-000003
Vista la inhibición planteada por la Abogado ANALY SILVERA, en su condición de Juez Temporal del Tribunal Tercero Transitorio de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, en la causa Nº BH05-L-2001-000236, contentiva del juicio por Cobro de Prestaciones Sociales seguido por el ciudadano FREDDY JESUS ORTIZ ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.431.064, contra la sociedades mercantiles REENCAUCHADORA REX, S.A. y REPRESENTACIONES Y ACCESORIOS S.A. (REPASA), fundamentada dicha inhibición, en la causal contenida en el numeral 4° del artículo 31 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en virtud de que la Juez inhibida mantiene amistad con el abogado RICARDO CASTILLO SERRANO, por lo que se inhibe de conocer la presente causa a los fines de evitar una intervención que pudiere considerarse como una parcialización de dicho Juez con la parte demandante en detrimento de la demandada de autos.
En consecuencia, esta Alzada, de conformidad con lo establecido en el artículo 35 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, tomando en consideración que la inhibición esta fundamentada en causal legal, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la inhibición planteada por la abogada ANALY SILVERA, en su condición de Juez Temporal del Tribunal Tercero Transitorio de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial. Así se decide.
Particípese de la presente decisión a la juez inhibida. Líbrese oficio y copia certificada de la presente decisión a los fines de la participación ordenada. Así mismo, en acatamiento a las disposiciones establecidas en el artículo 41 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena remitir las actuaciones contenidas en el presente expediente a los fines del conocimiento de la presente causa, al Juzgado Transitorio de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, que corresponda. Líbrense oficios.
Regístrese, publíquese, déjese copia certificada de la presente decisión. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero Transitorio Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, a los catorce (14) días del mes de febrero de 2006.
La Juez Temporal,
Abg. Carmen Cecilia Fleming H.
La secretaria,
Abg. Lourdes C. Romero H.
La anterior decisión fue dictada y publicada en esta misma fecha, siendo las 02:49 p.m. Conste.
La Secretaria,
Abg. Lourdes C. Romero H.
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