REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, dos de febrero de dos mil seis
195º y 146º
ASUNTO: BP02-S-2006-000540
Por recibida la anterior solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, propuesta por la ciudadana NEURYS DEL VALLE FERMIN FERNANDEZ, venezolana, mayor de edad titular de la cedula de identidad Nº V- 13.165.668, en representación de sus menores hijos (Se omite el nombre de conformidad con los artículos 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) y por la otra, por una partes y por la otra, (Se omite el nombre de conformidad con los artículos 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), debidamente asistidos por el abogado GUSTAVO CARRASQUEL. debidamente inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 14.857, en el cual solicita que se le declare UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del ciudadano OCTAVIO DE JESUS PALMA SALGADO, (difunto), quien era venezolano, mayor de edad y fuera portador de cédula de identidad Nº V- 5.483.802; y por cuanto la misma no es contraria a derecho, este Tribunal LA ADMITE.- Désele entrada.- Fórmese expediente.- En consecuencia, a los fines de proveer sobre lo solicitado éste Tribunal acuerda: 1) Notifíquese a la Fiscal Décimo Quinto del Ministerio Público del inicio del presente procedimiento 2) Tómese declaración a los testigos que a bien tenga presentar la solicitante 3) se ordena oír la opinión del adolescente ante mencionado de conformidad con el Articulo 80 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Líbrese boleta de notificación.- Se insta a los solicitantes a consignar la partida de nacimiento original de la ciudadana BLANCA JOSEFINA PALMA GARCIA.- Cúmplase
LA JUEZ PROVISORIO UNIPERSONAL Nº 02.
DRA. ANA JACINTA DURAN.
LA SECRETARIA. Acc-

ABOG. LORELYS C. FIGUEROA
En la misma fecha del auto anterior se le dio cumplimiento a todo lo ordenado en él.-
LA SECRETARIA. Acc-

ABOG. LORELYS C. FIGUEROA
ADJ/ Carmen