REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, 22 de febrero de dos mil seis
195º y 147º
ASUNTO : BP02-S-2006-001061
Por recibida la presente solicitud, presentada personalmente por la Fiscal Decimotercera del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, Abogada FABIOLA QUINTANA FERNANDEZ, mediante la cual solicita se acuerde la GUARDA TEMPORAL de los niños JEHOVANNY RAFAEL y REYNALDO DE JESUS “LANDAETA BETANCOURT”, de diez (10) y seis (06) años de edad respectivamente, a los ciudadanos LUIS FERNANDO BETANCOURT y YURAIMA DEL CARMEN ORTIZ DE BETANCOURT, quienes son Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° 8.536.566 y 4.503.777, domiciliados en la calle San Félix, N° 30, Sector El Pénsil, Puerto La Cruz, Municipio Juan Antonio Sotillo del Estado Anzoátegui, quienes son abuelos maternos de los niños antes mencionados. Désele entrada y anótese en los libros respectivos. En consecuencia y por cuanto se evidencia que la presente tiene por objeto otorgar la GUARDA TEMPORAL, en este caso de los niños JEHOVANNY RAFAEL y REYNALDO DE JESUS “LANDAETA BETANCOURT”, se ADMITE la presente solicitud por tratarse de una COLOCACIÓN FAMILIAR, de conformidad con lo establecido en el literal e del parágrafo Primero del artículo 177 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente. Cítese a los ciudadanos LUIS FERNANDO BETANCOURT, YURAIMA DEL CARMEN ORTIZ DE BETANCOURT, arriba identificados, asimismo a la ciudadana JOSCANY DEL VALLE BETANCOURT ORTIZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.169.810, domiciliada en la Calle Ruiz Pineda, N° 147, Sector Sierra Maestra, Puerto La Cruz, Municipio Juan Antonio Sotillo del Estado Anzoátegui, para que comparezcan por ante este Tribunal al tercer (3er) día de Despacho siguiente a su citación, en horas comprendidas entre las ocho y treinta minutos de la mañana (8:30 A.M.), hasta las tres y treinta minutos de la tarde (3:30 P.M.), a fin de que expongan sus alegatos con relación a la presente solicitud. Librese Boletas de Citaciones. Igualmente para proveer sobre la colocación, se ordena la práctica de los informes técnicos de rigor a los Ciudadanos arriba identificados, comisionándose para tal fin al Equipo Multidisciplinario del Tribunal. Líbrese oficio.
LA JUEZ UNIPERSONAL Nº 2
DRA ANA JACINTA DURAN.
LA SECRETARIA.
ABOG. MELISSA AZOCAR.
En la misma fecha del auto anterior se le dio cumplimiento a todo lo ordenado en el.-
LA SECRETARIA.
ABOG. MELISSA AZOCAR.
AJD/Mary C.-