REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintitrés de febrero de dos mil seis
195º y 147º
ASUNTO : BP02-V-2006-000307
Por recibida la anterior solicitud de REVISION DE OBLIGACION ALIMENTARIA, propuesta por el ciudadano HECTOR FRANCISCO BORJAS, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.415.386, domiciliado en la ciudad de Barcelona, Municipio Bolivar del Estado Anzoátegui, debidamente asistido por la Abogada en ejercicio HAYDEE COROMOTO ANATO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 27.819, actuando en representación de su hija FABIOLA BORJAS CARRERA, de once (11) años de edad actualmente, en contra de la ciudadana YURQUIS COROMOTO CARRERA. Désele entrada. Fórmese expediente y anótese en los Libros respectivos. En consecuencia, esta Sala de Juicio Nº 02, del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescentes, la ADMITE cuanto ha lugar a derecho se requiere por no ser contraria al Orden Público, a las Buenas Costumbre y a ninguna Disposición Expresa de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, y conforme a lo dispuesto en el Articulo 514 de la precitada Ley, cítese a la ciudadana YURQUIS COROMOTO CARRERA, Venezolana, mayor de edad, titular de las cédula de identidad N° 10.298.222, domiciliada en la Urbanización el Paraíso del IVEA, calle 1, casa N° 16, Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, para que comparezca por ante éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio N° 02, al tercer (3er) día de Despacho siguiente a su citación, en horas comprendidas entre las ocho y treinta minutos de la mañana (8:30am) y las tres y treinta (3:30pm), a los fines de que dé contestación a la presente demanda. Librese Boleta de Citación. Se le advierte que en la misma oportunidad se verificara un Acto Conciliatorio entre ambas parte a las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m). Notifíquese a la Fiscal Décimo Tercero del Ministerio Público del inicio de la presente demanda. Librese Boleta de Notificación. Se ordena sendos informes sociales en los hogares de los ciudadanos HECTOR FRANCISCO BORJAS y YURQUIS COROMOTO CARRERA, comisionándose suficientemente a la Trabajadora social adscrita al Equipo Técnico. Librese Oficio. Se insta al solicitante a consignar constancia de sus ingresos y/o constancia de trabajo con señalamiento de su sueldo
LA JUEZ UNIPERSONAL Nº 02.
DRA. ANA JACINTA DURAN.

LA SECRETARIA


ABOG. MELISSA AZOCAR
AJD/ CA