REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, tres de febrero de dos mil seis
195º y 146º
ASUNTO: BP02-S-2006-000651
Por recibida la anterior solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, propuesta por la ciudadana GLORIA MILAGROS GIL, venezolana, mayor de edad titular de la cedula de identidad Nº V- 4.506.083, domiciliada en Barcelona, Municipio Bolívar del Estado Anzoátegui, en representación de su hija la adolescente LORENA ALEJANDRA MARIN GIL, de dieciséis (16) años de edad y a los ciudadanos: LUIS RAMON MARIN GIL, CARLOS AUGUSTO MARIN GIL, MARIA TERESA MARIN ZABALETA, VERONICA DEL CARMEN MARIN ZABALETA, titulares de las cedulas de identidad Nº V- 16.253.713, V- 16.718.494, V- 17.537.360, todos mayores de edad respectivamente debidamente asistida por el abogado. PEDRO LUIS ALVAREZ debidamente inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 41.432, en el cual solicita que se le declare UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del ciudadano LUIS RAMON MARIN LAREZ, (difunto), quien era venezolano, mayor de edad y fuera portador de cédula de identidad Nº V- 5.189.772; y por cuanto la misma no es contraria a derecho, este Tribunal LA ADMITE.- Désele entrada.- Fórmese expediente.- En consecuencia, a los fines de proveer sobre lo solicitado éste Tribunal acuerda: 1) Notifíquese a la Fiscal Undécimo del Ministerio Público del inicio del presente procedimiento 2) Tómese declaración a los testigos que a bien tenga presentar la solicitante 3) Se ordena oír la opinión de la adolescente antes mencionada de conformidad con el articulo 80 de la Ley Orgánica para la protección del Niño y del Adolescente.-Líbrese boleta de notificación.
LA JUEZ PROVISORIO UNIPERSONAL Nº 02.
DRA. ANA JACINTA DURAN.
LA SECRETARIA. Acc-
ABOG. LORELYS C. FIGUEROA
En la misma fecha del auto anterior se le dio cumplimiento a todo lo ordenado en él.-
LA SECRETARIA. Acc-
ABOG. LORELYS C. FIGUEROA
ADJ/ Carmen