REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, seis de febrero de dos mil seis
195º y 146º
ASUNTO: BP02-V-2005-000093
Por recibido el anterior expediente signado con el N° BP02-V-2005-000093, contentivo de la causa de DIVORCIO, incoado por el abogado en ejercicio CRUZ ALVAREZ BELLO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 91.134, actuando en su condición de apoderado judicial de la ciudadana KATIUSCA COROMOTO SALAVERRIA ROJAS, en contra de su legítimo esposo ciudadano FRANK DAVID VILLEGAS CORREA, emanado del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio N° 01, en virtud de la inhibición de la ciudadana Juez Dra. SANTA SUSANA FIGUERA, de conformidad con el Ordinal 18 del Artículo 82 del Código de Procedimiento Civil; en consecuencia, la suscrita Dra. ANA JACINTA DURAN, Juez de este Tribunal de Protección del Niño y del adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio N° 02, Se AVOCA al conocimiento de la misma, por cuanto no es contraria a derecho, y en consecuencia, ésta Sala de Juicio N° 02, del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, ordena notificar a la ciudadana KATIUSCA COROMOTO SALAVERRIA ROJAS o en su defecto a su Apoderado Judicial abogado CRUZ ALVAREZ BELLO, y a la abogada en ejercicio NILDA GLECIANO, en su condición de defensora judicial de la parte demandada ciudadano FRANK DAVID VILLEGAS CORREA, para la continuidad del proceso. Líbrese boletas respectivas.-
LA JUEZ PROVISORIO UNIPERSONAL N° 02
DRA. ANA JACINTA DURAN
LA SECRETARIA ACC
ABOG. LORELYS FIGUEROA
AJD/lba.-