REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO JUAN ANTONIO SOTILLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI.-
Puerto la Cruz, seis (06) de febrero del año dos mil seis (2006).
195° y 146°
Visto el desistimiento presentado en fecha 03 de febrero de 2006, por el abogado SALVADOR JESÚS PIMENTEL ROJA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 106.497, con el carácter de apoderado judicial de la ASOCIACIÓN CIVIL DE PROPIETARIOS DEL CONJUNTO RESIDENCIAL PUERTO MORRO, este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, imparte su homologación en todas y cada una de sus partes, en consecuencia, este Juzgado da por terminado el presente Juicio por COBRO DE BOLÍVARES Y PAGO DE DAÑOS Y PERJUICIOS, incoado por la ASOCIACIÓN CIVIL DE PROPIETARIOS DEL CONJUNTO RESIDENCIAL PUERTO MORRO, en contra del ciudadano JOSEPH KYORK, y ordena el archivo del expediente.
LA JUEZ TEMPORAL,
MARIELA DEL VALLE NARVÁEZ SANTIL
LA SECRETARIA
ADA MAITA MATUTE
En la misma fecha de hoy, se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior. Conste.-
LA SECRETARIA
MNS/ers
Exp. N° 8296
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