En el día de hoy Dieciseis (16) de Febrero del año Dos Mil Seis, siendo las 12:15 PM, previa habilitación del Tribunal y por el tiempo que fuere necesario, se trasladó y se constituyó el Tribunal en compañía del Co-Apoderado Actor Ciudadano Porfirio Guzmán, con Inpreabogado bajo el número; 17.557 en una porción de terreno ubicada en el sector "Currucay" Jurisdicción de la Parroquia Santa Clara, Municipio Monagas del Estado Anzoátegui, a los fines de practicar una Medida Ejecutiva de Embargo decretada por el Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, relacionado con el Juicio por una Ejecución de Hipoteca, formulado por el Banco Mercantil, C.A Banco Universal, contra el Ciudadano: Carlos Alberto Rengel Correa. Una vez el Tribunal constituido en el sitio se hizo el correspondiente llamado de Ley y nadie respondió. Seguidamente el Tribunal designa como Depositario Judicial al Ciudadano: José Gregorio Velasquez, V- 4.003.515 y como Perito Avaluador al Ciudadano: Luis Guzmán Rodríguez, V- 8.305.215 quienes aceptaron sus diferentes cargos y prstaron el juramento de Ley. Seguidamente interviene el Co-Apoderado Actor, anteriormente identificado y expone: " Solicito con todo respeto que se me merece éste Tribunal, que declare embargado ejecutivamente el bien que en éste acto voy a señalar con sus respectivos linderos: Una porción de terreno constante de una superficie de (400 Has) ubicadas en el sector "Currucay" Jurisdicción de la Parroquia Santa Clara, Municipio Monagas del Estado Anzoátegui, bajo estos linderos generales, NORTE: con terrenos ejidos del Municipio Santa Clara, SUR: con terrenos denominados Morichal Largo, ESTE: con fila del Perro y OESTE: con las filas que separa las aguas del Moro y los Trapiches, dicho inmueble le pertenece al Ciudadano: Carlos Alberto Rengel Correa, demandado en éste juicio, según cosnta de documento Protocolizado ante Oficina Subalterna del Registro Público del Municipio José Gregorio MOnagas del Estado Anzoátegui, bajo número: 05, Folios 15 al frente 18 del protocolo Primero, Primer Trimestre del año 1.985. Asímismo solicitó el Perito Avaluador designado por éste Tribunal en ésta misma acta, que informe al Tribunal las condiciones del inmueble relacionado con la presente medida y cual es su valor aproximado. En éste estado interviene el perito Avaluador desirnado por el Tribunal, Ciudadano: Luis Guzmán, anteriormente identificado y expone:" Informo al Tribunal que con respecto a las bienhechurias que se señalan en la presente comisión, lo único que pude observar fueron unos escombros de cemento tumbados en diferentes partes del terreno, los cuales no presentaban ni techo, ni ventana y, estaban en total abandono. Con respectoa la extensión de terreno, se encontraba sembrada una mata de mango y monte silvestre, el cual tiene un valor aproximado de (20.000.000,00), es todo". Seguidamente el Tribunal declara Embargado Ejecutivamente el bien señalado por la parte actora en la presente acta y hace entrega formal del mismo al Depositario Judicial designado por el Tribunal, Ciudadano: José Gregorio Velasquez, anteriormente identificado, libre de personas y bienes, que lo recibe conforme y jura cuidarlo como un buen padre de familía. Seguidamente el Tribunal siendo las 1:05 PM, da por cumplida su misión y acuerda el regreso a su sede, es todo". Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ, (Hay sello Húmedo y Firma Ilegible)

EL CO-APODERADO ACTOR, (Firma Ilegible)

EL DEPOSITARIO JUDICIAL, (Firma Ilegible)

EL PERITO AVALUADOR, (Firma Ilegible)

EL SECRETARIO, (Firma Ilegible)