REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental.
Barcelona, diez de julio de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO : BP02-N-2005-000464


Visto el escrito y sus anexos de fecha 3 de julio de 2006, suscrito por una parte por la Corporación de Turismo del Estado Anzoátegui, representada por su Presidente, el ciudadano Gabriel Kurbaji, titular de la cédula de identidad No. 8.322.441, parte demandada, debidamente asistido por la Abogada Elizabeth Rodríguez, y por la otra, la Abogada Rosa Figuera, apoderada judicial de la ciudadana Carmen Decena López, titular de la cédula de identidad No. 8.273.423, parte demandante, mediante la cual celebran transacción que pone fin al juicio por Cobro de Diferencias de Prestaciones Sociales; este Juzgado Superior, HOMOLOGA dicha transacción, por no ser contraria a derecho. Se ordena la remisión del presente expediente al Archivo Judicial de esta Circunscripción Judicial. Pronunciamiento que formula este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. Déjese copia certificada.

El Juez Provisorio,


Abog. Antonio Marcano Campos
La Secretaria,


Abog. Mariela Trías Zerpa