REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo
de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental.
Barcelona, catorce de julio de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO: BP02-N-2006-000361
Vista la diligencia de fecha 01 de julio de 2003, suscrita por la abogada Nilyan Santana Longa, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 47.037, actuando con el carácter de apoderada judicial de la empresa PROYECTA Corp S.A., mediante el cual DESISTE del recurso contencioso administrativo de anulación por razones de ilegalidad contra el acto administrativo de efectos particulares dictado por el ciudadano Inspector del Trabajo Jefe de Barcelona, Estado Anzoátegui, contenido en auto de fecha veinticinco (25) de abril de dos mil tres (2003) y solicita la homologación del presente desistimiento. Igualmente solicita la devolución de los recaudos acompañados al escrito primigenio; este Juzgado Superior HOMOLOGA el desistimiento presentado, por no ser contrario a derecho. Certifíquese por secretaría las copias fotostáticas a los fines de la devolución de los recaudos solicitados. En consecuencia, se da por terminado el presente juicio y se ordena la remisión del presente expediente al Archivo Judicial de esta Circunscripción.
Pronunciamiento que formula este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley. Déjese copia certificada.
El Juez Provisorio,
Abog. Antonio Marcano Campos
La Secretaria,
Abog. Mariela Trías Zerpa.
Se solicita fotostato para proveer.
La Secretaria,
Abog. Mariela Trías Zerpa
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