REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental.
Barcelona, diecinueve de julio de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO: BE01-N-2001-000108


Vista la diligencia de fecha 11 de julio de 2006, suscrita por la Abogada Mireya Alemán Arriojas, en su carácter de apoderada judicial del Instituto Autónomo de Policía del Estado Anzoátegui, parte demandada en el presente juicio, por una parte, y por la otra el ciudadano Jesús Ramón Coa Ruiz, debidamente asistida en este acto por la abogada Nellys Coromomoto Urbano Mejías parte demandante, mediante la cual consignan transacción celebrada entre las partes, a los fines de su homologación, e igualmente solicitan copia certificada de la referida transacción y del auto de homologación de la misma; este Juzgado Superior HOMOLOGA la transacción celebrada entre las partes, por no ser contraria a derecho, dándose por terminada la presente demanda. En consecuencia, ordena la remisión del presente expediente junto con la causa principal al Archivo Judicial de esta Circunscripción Judicial. Pronunciamiento que formula este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. Déjese copia certificada. (Expediente signado con el Nº BE01-N-2001-000108).
El Juez Provisorio,

Abog. Antonio Marcano Campos
La Secretaria Acc.


Yrama Souquett