REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 10 de julio de 2006
196º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2006-000256
ASUNTO : BP01-P-2006-000256
Corresponde conocer a este Tribunal de la presente causa con motivo de la solicitud de sobreseimiento de la causa propuesta por la DRA. LINDA MONTERO, Fiscal Sexto del Ministerio Publico del Estado Anzoátegui, de conformidad con lo previsto en el ordinal 3° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. En tal sentido se pasa a decidir en los siguientes términos:
Se inicio la presente investigación, ante el Instituto Autónomo de Policía Zona N 01 del Estado Anzoátegui; mediante denuncia interpuesta por la ciudadana BERKYS JOSEFINA MARCANO, en la cual manifiesta que ..."siendo aproximadamente las 10:30 PM., del día 04/06/2000, se encontraba en su residencia, cuando fue agredida física y verbalmente por la ciudadana ANAYS ALPARCEDO…”
II
El Ministerio Publico califico que en la presente investigación no se determino el tipo de Lesión que pudo haber sufrido la victima, ya que tal y como consta en las actuaciones no existe el resultado del Reconocimiento Medico Legal, ni existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación.
El Tribunal comparte el criterio que se debe decretar el sobreseimiento de la causa. En autos aparece demostrada que no se determino el tipo de Lesión que pudo haber sufrido la victima, así mismo no se evidencia el resultado del Reconocimiento Medico Legal, ni existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación. Por lo tanto lo más procedente será DECRETAR EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con lo dispuesto en el ordinal 3° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. ASI SE DECLARA.-
DECISION
Con fuerza en las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, al ciudadano ANAYS APARCEDO, en perjuicio de la ciudadana BELKYS JOSEFINA MARCANO, todo de conformidad con lo dispuesto en el ordinal 3° del articulo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.
LA JUEZ DE CONTROL N° 3,
DRA. BOLIVIA ALVAREZ MELENDEZ
LA SECRETARIA,
ABG. DESIREE LAMAS
BAM/yc