REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 3 de julio de 2006
196º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2006-005523
ASUNTO : BP01-P-2006-005523
Vista la solicitud presentada por la Dra. ROSA PEREZ MORENO, en su carácter de Fiscal Tercero del Ministerio Público de éste Estado, mediante la cual pide a éste Despacho se decrete el Sobreseimiento en la investigación penal iniciada a consecuencia de la muerte por ahorcamiento (Suicidio) del hoy occiso, ciudadano JACKSON RAFAEL GOMEZ DURAN; todo de conformidad con lo pautado en el numeral 2 del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal; éste Tribunal de Control Nro. 04 para decidir observa:
En fecha 21-12-01, se inició la investigación penal, previa Trascripción de Novedades ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, mediante la cual dejan constancia que se recibió llamada telefónica informando que en el Sector El Hueco de Naricual, se encontraba un cuerpo sin vida de una persona ahorcada, el cual respondía al nombre de JACKSON RAFAEL GOMEZ DURAN; procediéndose al levantamiento del cadáver, quien se encontraba sobre una cama, ya que sus familiares lo habían momentos antes descolgado y se realizó la respectiva inspección ocular observándose que externamente presenta un surco alrededor del cuello, sin otros signos de violencia; asimismo, se entrevisto a la ciudadana CARMEN ELINOR MARTINEZ, quien era su concubina, manifestando que el hoy occiso tenía problemas con su progenitora quien se oponía a que tuvieran vida marital; en consecuencia, se evidencia que la causa de muerte del mencionado occiso, obedeció asfixia mecánica por ahorcamiento (Suicidio); por consiguiente, considera ésta Instancia Penal que los hechos investigados no son típicos; es decir, no se encuentran previstos en la Ley Penal como delito; razones por las cuales se decreta el Sobreseimiento de la causa conforme al artículo 318, numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal; declarándose con lugar la solicitud Fiscal y así se decide.
DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, éste Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, con funciones de Control Nro. 04, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: Con Lugar la solicitud presentada por la Dra. ROSA PEREZ MORENO, en su carácter de Fiscal Tercero del Ministerio Público de éste Estado; en consecuencia, conforme al artículo 318, ordinal 2 del Código Orgánico Procesal Penal, se decreta el Sobreseimiento de la causa en la investigación penal iniciada a consecuencia de la muerte por ahorcamiento (Suicidio) del hoy occiso, ciudadano JACKSON RAFAEL GOMEZ DURAN; decisión ésta que una vez definitivamente firme, pondrá término al procedimiento, con el carácter de Cosa Juzgada, haciendo cesar las Medidas de Coerción Personal que hubiesen sido dictadas. Regístrese. Notifíquese a las partes.
EL JUEZ DE CONTROL Nro: 04
Dr. JOSE FRANCISCO MOLINA.
LA SECRETARIA.
Abg. JENNIFER GOMEZ