REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 7 de Julio de 2006
196º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2006-003855
ASUNTO : BP01-P-2006-003855
Vista la Solicitud de la Ciudadana,. XIOMARA SALAZAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-8.368.751, de fecha 04 de Julio del 2006. En el cual solicita a este despacho, como victima supuesta en la causa seguida, donde su hijo, resulto muerto, ciudadano LUIS JOSE LEONETT SALAZAR, titular de la cedula de identidad N° V-15.814.913, ya que en la realización de la reconstrucción de los hechos de fecha 13 de Junio del presente año, así como en la prorroga solicitada por la Fiscalia del ministerio publico y acordada en fecha 21 de Junio de este años, ella como victima no estuvo notificada, por esto la ciudadana antes nombrada solicita a este despacho sea anulada la audiencia de prorroga, así como realizar otra Audiencia Reconstrucción de los Hechos en esta causa. Este Tribunal a los fines de decidir Observa:
El Articulo 257 de Nuestra Constitución Bolivariana de Venezuela “…No se sacrificara la Justicia por omisión de formalidades no esenciales” de igual manera el Articulo 108 Ordinal 14° del Código Orgánico Procesal Penal , el cual hace referencia las Atribuciones del Fiscal del Ministerio Publico, Y reza: “Velar por los intereses de las victimas en el proceso”. Este despacho considera en su criterio que tal solicitud, es inoficiosa en virtud que la ciudadana aquí solicitante, no ha demostrado su condición de victima y si fuera el caso de que así lo sea, que razón tendría la presencia de ella como madre del ciudadano muerto en la celebración de la reconstrucción de los hechos, si lo fundamental en ella, son las partes que estaban presente en el lugar donde ocurrieron los hechos, para así poder llevar a cabo la misma, Ahora bien en la realización de la reconstrucción de los hechos, fue verificada la presencia de las partes y entre ellas, se encontraba presente la representación de la Fiscalia y esta por criterio reiterado es considerada la representación de la victima, como reza el Código Orgánico Procesal Penal. Así las cosas la solicitante de igual manera solicita que se practique nuevamente la Audiencia de Prorroga, anulando la ya realizada en fecha 21 de Junio del presente año, observa este despacho que dicha solicitud, es contraria a derecho, considerando quien aquí decide que la victima en el presente caso estuvo presente en el acto de prorroga al que hace referencia el Articulo 250 en su cuarto aparte del Código Orgánico Procesal Penal, que en este caso es el ciudadano LENIN JOSE PEREZ RUIZ, ya identificado en la presente causa , negando lo solicitado por la ciudadana aquí solicitante, es de observar que tanto la audiencia de Prorroga, como la Reconstrucción de los hechos practicada por este Tribunal en Funciones de Control N° 5, fueron realizadas con todas las previsiones que se establece para ello nuestro Ordenamiento Jurídico para evitar de esta manera Reposiciones inútiles, si fuera el caso que la ciudadana aquí solicitante fuera victima en la presente causa fuera de las llamadas Victimas Indirectas, ya que en esta causa la victima esta plenamente identificada y esta se encuentra representada por la ciudadana Fiscal del Ministerio Publico así lo reza en los Artículos antes mencionado. Así decide
DISPOSITIVA
Este Tribunal Quinto en Funciones de Control N° 5, Niega la Solicitud de Nulidad Solicitada por la Ciudadana XIOMARA SALAZAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-8.368.751, con respecto a la solicitud de realizar nuevamente la Reconstrucción de los Hechos, asi como la nulidad de la Audiencia de Prorroga, realizada en fecha 21 de Junio del presente año, por considerar una reposición inútil, todo ello de conformidad con el Articulo 257 de la Constitución Bolivariana de Venezuela
EL JUIEZ 5° DE CONTROL
DR. ANWAR ROMHAIN MARIN
LA SACRETARIA
ABGADA. MARGOTH RODRIGUEZ