REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Juicio de Barcelona
Barcelona, 14 de Julio de 2006
196º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2002-000371
ASUNTO : BP01-P-2002-000371
Visto el escrito presentado por la acusada YESENIA DEL CARMEN BETANCOURT, mediante el cual solicita se estudie la posibilidad de extenderle sus presentaciones a 45 días y de esta forma no verse afectada en la actividad laboral que pueda desarrollar próximamente.
Este Tribunal a los fines de decidir sobre el pedimento interpuesto, observa:
PRIMERO: En fecha 20/06/2002, el Tribunal de Control N° 06 de este Circuito Judicial Penal acordó a la Acusada YESENIA DEL CARMEN BETANCOURT Medidas Cautelares Sustitutivas de las consagradas en el artículo 256 ordinales 3, 4 y 6 del Código Orgánico Procesal Penal; siendo impuesta la misma de las Medidas Acordadas en la referida fecha. .
SEGUNDO: De la revisión efectuada al Sistema Juris 2000 se puede apreciar, que la acusada, YESENIA DEL CARMEN BETANCOURT ha cumplido cabalmente con el régimen de presentaciones que le fuera impuesta por la Instancia en Funciones de Control.
En este orden de ideas; y en virtud de que el pedimento hecho por el propio acusado lo realiza en función de garantizarle su derecho al trabajo; este Tribunal de Juicio N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA la solicitud de Ampliación del Régimen de Presentaciones de la Acusada, YESENIA DEL CARMEN BETANCOURT, extendiéndole las presentaciones, a cada 30 días. Todo de conformidad con lo consagrado en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese. Librese oficio al Jefe de la Oficina de Alguacilazgo. Cúmplase.
LA JUEZ DE JUICIO N° 01
DRA. LUZ VERONICA CAÑAS IZAGUIRRE
LA SECRETARIA
ABOG. NEREIDA REYES.