REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, trece de julio de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO: BP02-R-2006-000600

El presente Recurso se contrae a la Apelación interpuesta por el abogado HECTOR FIGUERA HERNÁNDEZ, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 1.190.378, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 2843, en su carácter de apoderado judicial de la Compañía Anónima Desarrollos Inmobiliarios Arismendi, C.A (D.I.A.C.A.), en contra de la decisión dictada por este Tribunal en fecha 28-06-2006.-
En fecha 07-07-2006, este Tribunal dictó auto oyendo la apelación antes mencionada en ambos efectos y se ordenó remitir el presente cuaderno y la causa signada con el N° BH02-M-2001-000024, al Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Anzoátegui, librándose en esa misma fecha el oficio N° 1066-06.-
En fecha 10-07-2006, fue presentado escrito en causa N° BH02-M-2001-000024, por los abogados TULIO COLMENARES RODRIGUEZ y HECTOR FIGUERA HERNÁNDEZ, identificados en autos, mediante el cual renuncian a la apelación antes mencionada, el cual fue desglosado de dicha causa y anexado al presente cuaderno separado de apelación.-
Ahora bien, este Tribunal visto el escrito antes señalado, HOMOLOGA en el Desistimiento presentado en fecha 10-07-2006, por los abogados TULIO COLMENARES RODRIGUEZ y HECTOR FIGUERA HERNÁNDEZ, identificados en autos, en los mismos términos y condiciones por ellos suscrito, en consecuencia, se declara terminado el presente recurso, se deja sin efecto el oficio librado en fecha 07-07-2006, signado con el N° 1066-06 y se ordena el archivo del expediente.-
LA JUEZ PROVISORIO,


DRA. IDA TINEO DE MATA
LA SECRETARIA ACC,


Abog. ADA MAITA MATUTE
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