REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veinte de julio de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO : BP02-S-2006-004042
Vista la anterior demanda emanada del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, El Tigre, contentiva de la solicitud de DIVORCIO 185-A, presentada por los ciudadanos RUBEN DE JESUS MACHUCA y YOLANDA JOSEFINA GUZMAN de MACHUCA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas Nros. V-8.457.974 y V-8.973.499; y vista la sentencia dictada en fecha 19/05/2.006, por el Juzgado antes mencionado, en el cual se declara Incompetente por razón del Territorio, para seguir conociendo del presente juicio, y remite dichas actuaciones a este Juzgado; este Tribunal revisadas como han sido las actas procesales que conforman la presente solicitud por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa en la ley, el Tribunal la ADMITE cuanto ha lugar en derecho.- Désele entrada y el curso legal correspondiente.- Fórmese expediente y anótese en el Libro de Solicitudes llevado por este Tribunal durante el presente año.- Asimismo este Tribunal, administrando justicia se declara COMPETENTE para conocer de la presente solicitud; en consecuencia, se ordena citar a la ciudadana Fiscal Undécimo del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, para que comparezca ante este Tribunal dentro de los diez (10) días de Despacho siguientes a su citación, para que exponga lo que considere conveniente en relación con dicha solicitud o formule su oposición al procedimiento si hubiere lugar a ello.- Líbrese compulsa correspondiente y anéxese copia certificada de la solicitud a los fines de la citación ordenada por parte del Alguacil encargado de este Juzgado.- Así se decide.-
La Juez Provisorio,
Dra. Ida Tineo de Mata La Secretaria Acc.,
Abog. Ada Maita Matute.
Se solicitan copias fotostáticas, a los fines de proveer.-Conste,
La Secretaria Acc.,
ITdeM/ca.-
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