REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintiocho de julio de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO: BP02-S-2004-000583

Vista la diligencia suscrita en fecha 11 de enero de 2006; por el ciudadano RAFAEL MARIA RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-3.853.292, con el carácter de demandante en la presente solicitud de divorcio, asistido por la abogada en ejercicio CARMEN GISELA CAGUANA VILLARENA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 23.984, y de éste domicilio, mediante la cual desiste del presente procedimiento incoado contra la ciudadana LUISA ELENA CASTRO SALAZAR, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-7.272.944; el Tribunal, por cuanto tal actuación no es contraria al orden público y versa sobre derechos disponibles, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, y con base a lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su homologación, se da por terminado la presente causa y se ordena el archivo del expediente.-Cúmplase.-

El Juez Suplente Especial,



Abog. Pedro Rafael Mejía
La Secretaria,


Abog. Doris Rojas de Nadales.-
PRM/bp.-