REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, seis de julio de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO: BP12-M-2004-000044
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
COMPETENCIA: MERCANTIL.
MOTIVO: COBRO DE BOLIVARES (VIA INTIMATORIA).
DEMANDANTE: MANUEL JOSÉ ROJAS LOZADA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 4.898.851, y domiciliado en la ciudad de Anaco, Municipio Anaco, Estado Anzoátegui, en su condición de apoderado general de la Sociedad Mercantil JOMACA 5084, inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha siete de octubre de 2002, anotada bajo el N° 36, Tomo 155-Sgdo.-
ABOGADO ASISTENTE: LUÍS ALBERTO ARAY MATA, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpre-abogado bajo el N° 46.272.-
DOMICILIO PROCESAL: Avenida Miranda N° 152 del Municipio Autónomo Anaco del estado Anzoátegui.-
DEMANDADO: HECTOR MARTINEZ PINTO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 4.906.741 y domiciliada en Anaco, Municipio Anaco del Estado Anzoátegui.-
Por cuanto el tribunal observa que en la presente causa desde fecha siete de diciembre del año dos mil cuatro, no ha habido impulsado procesal para la continuación de la misma, y habiendo transcurrido en consecuencia más de un año, es por lo que este Tribunal declara la Perención de la Instancia, conforme a lo dispuesto en los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil.-
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDA LA INSTANCIA por haber ocurrido la perención en el presente asunto.- De conformidad con lo establecido en el artículo 285 del Código de Procedimiento Civil, no hay condenatoria en costas.-
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en El Tigre, a los seis días del mes de Julio de dos mil seis.- AÑOS: 196° de la Independencia y 147° de la Federación.-
La Juez Temporal,

Abog. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
La Secretaria,

Abog. MARIANELA QUIJADA ESTABA
En esta misma fecha, siendo las once y veinte minutos de la mañana (11:30 a.m.) se dictó, publicó y agregó la anterior sentencia al ASUNTO N° BP12-M-2004-000044.- Conste.-
La Secretaria,

Abog. MARIANELA QUIJADA ESTABA