REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, veintiseis de julio de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO : BP12-S-2006-000678

Vista la solicitud formulada por la ciudadana: CHARI LOURDES PIMENTEL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.092.596, de este domicilio, asistida por la abogada ZACHEMCA AGUILERA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 111.798, mediante la cual solicita se le declare, como ÚNICA y UNIVERSAL HEREDERA del extinto: JOAN MANUEL PIMENTEL, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.259.554, y quien falleció ab intestato, el 20 de noviembre de 2005, en el Centro Clínico Científico Esperanza Paraco, de San José de Guanipa, Municipio Guanipa del Estado Anzoátegui, vistos los recaudos acompañados, asimismo, vistas las declaraciones rendidas por los ciudadanos: GRISEIDA DEL CARMEN CAMAUTA PADRINO y JOSE LUIS PEREZ PALACIOS, titulares de las cédulas de identidad Números 14.818.279 y 10.943.529, respectivamente, el Tribunal, dejando en todo caso al salvo los derechos de terceros, declara a la ciudadana: CHARI LOURDES PIMENTEL como UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA, del extinto: JOAN MANUEL PIMENTEL, y así se decide.-
LA JUEZ TEMPORAL,

ANA MARIA DEL CIOPPO PEREZ



LA SECRETARIA,

LAURA PARDO DE VELASQUEZ

Evacuadas como han sido las presentes actuaciones, se acuerda la devolución de las mismas, previa la certificación en los autos.-


LA SECRETARIA