JUZGADO DEL MUNICIPIO SAN JOSÉ DE GUANIPA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI.
EL TIGRE, TRES DE JULIO DE DOS MIL SEIS
196º Y 147º

ASUNTO: BN12-V-2002-000002
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA
JUICIO: MERCANTIL (MENOR CUANTIA)
MOTIVO: COBRO DE BOLIVARES
DEMANDANTE: JESUS ANTONIO ALVARADO RENDON, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 75862, procediendo en este acto como endosatario en procuración del Ciudadano FRANCISCO ALFREDO BRICEÑO, mayor de edad, venezolano, comerciante, titular de la Cedula de Identidad Nº 4.507370.-
DEMANDADO: CONSTRUCCIONES MARIN’S, S.A. de este domicilio, en la persona de FREDDY MARIN, en su condición de Gerente General de la misma.-


Por cuanto de la revisión de las actas que conforman la presente causa, observa este Juzgadora, que desde el último acto practicado en fecha 17-02-05 ha transcurrido mas de UN (01) año, sin que ninguna de las partes haya instado Procedimiento alguno; se declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en consecuencia se acuerda levantar la medida preventiva de embargo decretada en fecha 27 de Junio del año Dos Mil Dos, con lo establecido en los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil. Y así se declara.

Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Municipio San José de Guanipa de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara EXTINGUIDO EL PROCESO POR PERENCION DE LA INSTANCIA,

Publíquese, Regístrese, y Déjese copia certificada de la presente decisión.

DADA, FIRMADA Y SELLADA a los tres días del mes Julio de Dos Mil Seis, en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio San José de Guanipa de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
LA JUEZ TITULAR,


ABG. ADRIANA MATA AGUILERA
EL SECRETARIO,


ABG. FRANCISCO GONZÁLEZ ACOSTA