REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, tres de julio de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO: BP02-L-2004-000856
Visto el contenido de las actas que anteceden y, por cuanto de la misma se evidencia que la parte actora pretende la cancelación de las indemnizaciones con motivo del padecimiento de una enfermedad en su decir de origen ocupacional y, siendo que se evidencia que corre inserto al folio cincuenta y dos (52) de la tercera pieza del expediente oficio número ANZ-3-541-06 de fecha 27-06-2006, emanado de la Fiscalia Tercera del Ministerio Publico de esta Circunscripción Judicial en la que informa que cursa en etapa de investigación expediente numero 9290-05, contentivo del juicio por presunto FORJAMIENO Y FALSIFICCION DE DOCUMENTO PRIVADO en virtud de la denuncia interpuesta por el ciudadano SANTO GRACIANO JIMENEZ. El tribunal en base a lo antes señalado y, por cuanto trabada como ha quedado la litis y siendo uno de las pretensiones de la parte actora la cancelación de las indemnizaciones correspondientes por la enfermedad en su decir de origen ocupacional, a los fines de evitar sentencias contradictorias en la presente causa, se SUSPENDE la celebración de la presente audiencia de juicio de conformidad con lo dispuesto en el artículo 355 del Código de Procedimiento Civil aplicable por vía analógica de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, haciéndole saber a ambas partes que la oportunidad legal para que tenga lugar la presente audiencia será fijada por auto expreso. Y así se decide.-
La Juez.,
MARIA AUXILIADORA CHAVEZ RODRIGUEZ.
La Secretaria.,
MARIA CARMONA