REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental.
Barcelona, veintidós de junio de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO: BP02-N-2005-000241

Vista la diligencia de fecha 15 de Junio de 2006, suscrita por el Abogado Rainoa Martínez Morffe, actuando con el carácter de apoderada judicial del ciudadano Jorge Lepage Camejo, parte accionante, mediante la cual desiste de la acción y del procedimiento contenido en la presente causa por cuanto, recibió de la Alcaldía del Municipio Urbaneja del estado Anzoátegui, cheque del Banco del Sur, N° 55007560 por la suma de 10.289.322,22 Bs., emitido en fecha 13 de junio del 2006; este Juzgado Superior HOMOLOGA el desistimiento formulado, por no ser contrario a derecho. En consecuencia, ordena la remisión del presente expediente al Archivo Judicial de esta Circunscripción Judicial. Pronunciamiento que formula este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. Déjese copia certificada. (Expediente signado con el Nº BP02-N-2005-000241).
El Juez Provisorio,

Abog. Antonio Marcano Campos
La Secretaria,


Abog. Mariela Trías Zerpa