REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental.
Barcelona, veintisiete de junio de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO : BP02-N-2006-000129


Vista la diligencia de fecha 20 de junio de 2006, suscrita por el ciudadano Luis Eduardo Damas González, titular de la cédula de identidad No. 3.684.593, parte demandante, debidamente asistido por el Abogado Plácido Malavé, mediante la cual desiste del procedimiento incoado por él contra la Gobernación del Estado Anzoátegui; este Juzgado Superior, HOMOLOGA dicho desistimiento, por no ser contrario a derecho. Se ordena la remisión del presente expediente al Archivo Judicial de esta Circunscripción Judicial. Pronunciamiento que formula este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. Déjese copia certificada.

El Juez Provisorio,

Abog. Antonio Marcano Campos
La Secretaria,

Abog. Mariela Trías Zerpa