REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
Barcelona, treinta de junio de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO : BC01-R-1998-000066
Vista la diligencia de fecha 15 de Octubre de 1999, suscrita por el abogado en ejercicio RAMÓN AGUINAGALDE GUERRA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°.18.584, actuando con el carácter de apoderado actor, según consta de instrumento Poder inserto en autos, mediante la cual desiste de la acción y del procedimiento , con ocasión de la acción por DAÑOS MATERIALES Y MORALES, seguido por el ciudadano VICTORIO SCANNAPIECO FUSCO, de nacionalidad italiano, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de Identidad Nº. 364.120 contra los ciudadanos CARLOS ENRIQUE TORO BORREGO, MARVIS MARÍA LÓPEZ y PIERINA DE LOS ANGELES VALENCIA GONZÁLEZ, quienes son venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad números: 10.942.766; 12.016.391 y 13.177.011; cuyo Tribunal de causa es el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, con sede en la ciudad de El Tigre; este Tribunal Superior admite dicho desistimiento, lo homologa pasándolo, como sentencia con autoridad de cosa Juzgado. Así se decide administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.
En consecuencia, remítanse las presentes actuaciones al Juzgado de la causa , a los fines de su archivo. Así se decide.
El Juez Superior Temp.,
Abog. Rafael Simón Rincón Apalmo
La Secretaria,
Abg. María Eugenia Pérez
Mep/Isabel
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