REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 12 de Junio de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2006-004356
ASUNTO : BP01-P-2006-004356

Se recibe escrito de los Dres. RICARDO MAITA Y PEDRO BASTARDO en su condición de Fiscales Decimosexta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, mediante el cual solicita se decrete el Sobreseimiento de la Causa, conforme a lo establecido en el artículo 318 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal, en el hecho donde aparece señalado como imputado PERSONAS DESCONOCIDAS en perjuicio de MIREN AINARA FUENTES ARANTZAMENDI y al efecto, este Tribunal para decidir previamente observa:
Se inicio la presente investigación con ocasión de que en fecha 30-06-2001, la ciudadana MIREN ARANTZAMENDI se presentó por ante la delegación de Puerto la Cruz del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas a los fines de denunciar que su hija de nombre MIREN AINARA FUENTES ARANTZAMENDI de 14 años de edad se encontraba desaparecida. Posteriormente en fecha 02-07-01 compareció la adolescente MIREN AINARA FUENTES ARANTZAMENDI a los fines de exponer que ella se había ido de la casa porque había tenido una discusión con su mamá.
Entre los elementos traídos al expediente se encuentra:
1.- Denuncia de fecha 30-06-01 presentada por la ciudadana MIREN ARANTZAMENDI;
2.- Acta de entrevista de fecha 02-07-01 de la adolescente MIREN FUENTES quien entre otras cosas expone: “Yo tuve una discusión con mi mamá, porque ella siempre discute conmigo por cuestiones de dinero, ese día a ella se le perdió un dinero de la tarjeta y me acusó y me pego… Entonces me grito que si quería que me fuera de la casa.
3.- Acta de entrevista de fecha 02-07-01 del ciudadano Luis Fuentes, quien manifestó: “…La niña y ella tuvieron al parecer una discusión, su mamá la golpeo y la boto de la casa es la versión que me da la niña…”
4.- Acta de entrevista, de fecha 02-07-01 tomada a la adolescente MIREN AINARA FUENTES ARANTZAMENDI, quien manifestó: “…me fui de la casa y me fui para la casa de Luis Gil quien es mi novio…”.
5.- Acta de comparecencia de fecha 14-02-03 de la ciudadana MIREN ARANTZAMENDI y de la adolescente MIREN FUENTES en la cual manifiestan que se encuentran nuevamente en convivencia juntas.
Entre los fundamentos presentados por la Representación Fiscal encontramos: “…los hechos y circunstancias que rodean la presente causa no se ajustan a ninguno de los presupuestos de los tipos penales establecidos en la ley sustantiva penal vigente, motivo por el cual se solicita el sobreseimiento de la causa….”
DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui en funciones de Control Nro. 03, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, a favor de PERSONAS DESCONOCIDAS por CONSIDERAR QUE NO ESTAMOS EN PRESENCIA DE LA EJECUCION DE NINGUN HECHO QUE REVISTA CARÁCTER PENAL, de conformidad a lo previsto en los artículo 318 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, publíquese, déjese copia, notifíquese a las partes y remítase en su oportunidad legal.
LA JUEZ DE CONTROL NRO. 03
DRA. BOLIVIA ALVAREZ MELENDEZ
LA SECRETARIA,
ABG. DESIREE LAMAS