REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 11 de Junio de 2006
196º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2006-004475
ASUNTO : BP01-P-2006-004475
Visto el escrito de fecha 08 de Junio del 2006, remitido por los Fiscales Décimo Sexto del Ministerio Publico Ricardo Maita y Pedro Luis Bastardo en virtud del cual solicita el Sobreseimiento de la causa que se le sigue a la imputado CARLOS LOPEZ, de quien se desconocen mas datos, por la presunta comisión de uno de los delitos CONTRA LAS COSTUMBRES Y EL BUEN ORDEN DE FAMILIA (ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE), del tipo LESIONES PERSONALES, previsto y sancionado en el Articulo 260 de la Ley Orgánica para la protección del niño y del adolescente, en perjuicio del adolescente en perjuicio de la adolescente MARITZA LOPEZ, de 12 años, este Tribunal a los fines de decidir, observa:
PRIMERO: Dice el escrito Fiscal " En fecha 22 de Febrero del 2006, compareció por ante este Órgano Policial, la Ciudadana MARIS BASTARDO, a los fines de denunciar que la adolescente MARITZA LOPEZ, de 12 años de edad. Fue abusada sexualmente por el ciudadano CARLOS LOPEZ, ella se había enterado hace un año, porque la adolescente se lo había contado, pero como ella conocía que este ciudadano era violento no lo denuncio en ese momento, y que un vecino de nombre MIGUEL ESTANGA, había visto las sabanas manchadas de sangre y ellos CARMEN Y CARLOS le dijeron que era que la niña se había desarrollado, pero eso era algo raro…” Analizadas como han sido las presentes actuaciones, por las Circunstancias del caso, este Tribunal acuerda declarar con lugar y aceptar lo solicitado en virtud de que los hechos denunciados no pueden ser probados con el sólo testimonio del denunciante y victima, puesto que no consta en el expediente el respectivo reconocimiento Medico Legal, que permitirá calificar si en realidad se produjo ueste tipo de delito, de igual manera nos encontramos con unas declaraciones de testigos inconsistentes ya que ninguno de ellos conoce el hecho ocurrido y en la declaración de la ciudadana CARMEN LOPEZ, hermana de la agraviada ella contradice los hechos; de igual manera no se puede dejar de resaltar el hecho de que el único testigo de Nombre MIGUEL ESTANGA y quien pudo observar alguna evidencia, tiene motivos personales que lo desacreditan como confiable para declarar; por todo lo anterior, este Tribunal 5° de Control, Administrando Justicia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA: EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, que se les sigue al Imputado CARLOS LOPEZ, de quien se desconocen mas datos, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 4°, en perjuicio de la adolescente MARITZA LOPEZ, de 12 años de edad, por no existir bases para solicitar fundadamente el enjuiciamiento del imputado. Notifíquese. Cúmplase.
EL JUEZ DE CONTROL N°5,
DR. ANWAR ROMHAIN MARIN
LA SECRETARIA,
ABG. MARGOTH RODRIGUEZ