REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Juicio de Barcelona
Barcelona, 5 de Junio de 2006
196º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-S-2004-002268
ASUNTO : BP01-P-2004-000314
Visto el escrito presentado por la Dra. IRMA FERMIN, en su carácter de Defensora Pública Décima Penal (s) del Acusado WILFREDO JOSE CARIMA, mediante el cual solicita la Extensión del Régimen de presentaciones al que se encuentra sometido su representado, a cada treinta (30) días, consignando además constancia de trabajo expedida a favor del mismo, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, a los fines de emitir el pronunciamiento de ley pasa a hacer las siguientes consideraciones:
PRIMERO: En fecha 10 de Abril de 2006, le fue acordada por esta Instancia Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, a favor del acusado de autos, contemplada en el ordinal 3° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal; la cual contempla el siguiente parámetro: Presentación ante este tribunal cada 15 días. Todo de conformidad a lo consagrado en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con en el primer aparte del artículo 244 Ejusdem.
SEGUNDO: Ahora bien, de la revisión efectuada al sistema JURIS 2000, se observa que el acusado ha venido cumpliendo con el régimen de presentaciones que le fuere impuesto; por otro lado este Tribunal como garante que es de los Derechos y Garantías Constitucionales, específicamente el Derecho al Trabajo consagrado en el artículo 87 de nuestra Carta Magna Fundamental, y en vista de que el Acusado se encuentra laborando en la Constructora CARFIG, C.A, según se desprende de la constancia de Trabajo suscrita por el Presidente de la señalada Empresa; ciudadano Ángel Carrión, considera pertinente acordar la ampliación del Régimen de presentaciones impuesto al Acusado WILFREDO JOSE CARIMA a cada treinta (30) días, tal y como lo solicitare su Defensora Pública Penal Dra. IRMA FERMIN.
DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Juicio Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, ACUERDA LA AMPLIACION DEL REGIMEN DE PRESENTACIONES A CADA TREINTA (30) DIAS al Acusado WILFREDO JOSE CARIMA, quien es Venezolano, Titular de la C.I. N° 15.416.201, de 29 años de edad, de oficio Soldador, hijo de MONICA CARIMA (v) y LEOPOLDO RAFAEL COROY (V), natural de Guanta, donde nació en fecha 09-11-1976, Residenciado en la Calle la Payo, Callejón El Rescate, S/N, Barrio Chorrerón, Guanta, Estado Anzoátegui. Todo de lo conformidad a lo consagrado en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 87 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Notifíquese. Líbrese Oficio a la Oficina de Alguacilazgo. Cúmplase lo ordenado.
LA JUEZ DE JUICIO N° 03
DRA. GIOVANNA SONIA LEOPARDI
LA SECRETARIA
ABOG. ANDREINA GOMEZ DE NATERA