REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, quince de junio de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO : BP02-S-2006-003341
Vista la anterior demanda emanada del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, contentiva de la solicitud de RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO, presentada por la ciudadana SOLEIDA DUERTO DE GUZMAN, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula No. V-3.740.393; y vista la sentencia dictada en fecha 31/03/2.006, por el Juzgado antes mencionado, en el cual se declara Incompetente para seguir conociendo del presente juicio, y remite dichas actuaciones a este Juzgado; este Tribunal revisadas como han sido las actas procesales que conforman la presente solicitud por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa en la ley, el Tribunal la ADMITE cuanto ha lugar en derecho.- Désele entrada y el curso legal correspondiente.- Fórmese expediente y anótese en el Libro de Solicitudes llevado por este Tribunal durante el presente año.- Asimismo este Tribunal, administrando justicia se declara COMPETENTE para conocer de la presente solicitud; y a los fines de decidir la presente solicitud, se fija el quinto (5°) día de despacho siguiente a la presente fecha.- Así se decide.-
La Juez Provisorio,
Dra. Ida Tineo de Mata La Secretaria Acc.,
Abog. Ada Maita Matute.
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