REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintiuno de junio de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO: BP02-S-2006-001808

Vista la solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentado por el ciudadano CARLOS PICATAGGI RAMARONY, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 8.328.276, asistido por el abogado JOSE COSME SANCHEZ; inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.045, mediante la cual solicita sea declarado como ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO del de cujus GIUSEPPE PICATAGGI NOVELLI, quien falleció ab- intestato en su domicilio, ubicado en la Calle A, Manzana G, N° 05 Guanta, Municipio Guanta del Estado Anzoátegui, el 31 de Octubre del año 2004.- Este Tribunal vistos los recaudos acompañados y las declaraciones de las ciudadanas DAMARY DE NOBREGA y MARINELLY SOSA SOSA, identificadas en autos, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las anteriores actuaciones suficientes y bastantes para asegurarle su condición de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus GIUSEPPE PICATAGGI NOVELLI, al solicitante ciudadano CARLOS PICATAGGI RAMARONY, dejándose en todo caso a salvo los derechos de terceros.- Devuélvase original a los solicitantes y déjese nota en el Libro Diario llevado por este Tribunal durante el presente año.-
LA JUEZ PROVISORIO,


DRA. IDA TINEO DE MATA.

LA SECRETARIA ACC,


ABG. ADA MAITA MATUTE