REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintiuno de junio de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO: BP02-S-2006-003265
Vista la anterior solicitud de Título de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentado por la ciudadana DURBY MARLENE CONTRERAS DÍAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°.5.680.895, asistida del abogado CRISTÓBAL PÉREZ, inscrito en e Inpreabogado con el N°. 23.814; mediante la cual solicita que tanto ella como sus hijos, ciudadanos XAVIER FROILAN Y GIUSSEPPE XAVIER VERDI CONTRERAS, venezolanos, titulares de las Cédulas de Identidad N°. 17.359.830 y 19.673.693, respectivamente, sean declarados ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus, GREGORIO XAVIER VERDI AYALA, quien fuera venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. 5.114.770 y falleció ab-intestato en Barcelona, Municipio Bolívar del Estado Anzoátegui, el día 16 de mayo del 2.006, y vistas asimismo las declaraciones contestes rendidas por las ciudadanas REINA COROMOTO RAMÍREZ PÉREZ e INGRIN TERESA GONZÁLEZ DE GASPAR, identificadas en autos; quienes declararon por ante este Juzgado y por cuanto no ha habido impedimentos de terceros, este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus GREGORIO XAVIER VERDI AYALA, a su viuda, DURBY MARLENE CONTRERAS DÍAZ y a sus hijos XAVIER FROILAN Y GIUSSEPPE XAVIER VERDI CONTRERAS, anteriormente identificados, dejando en todo caso a salvo los derechos de terceros. Devuélvase original y demás actuaciones a la interesada y déjese copia certificada del presente auto, a fines de su archivo y nota en el Libro Diario que lleva este Tribunal.
LA JUEZ,
DRA. IDA TINEO DE MATA.
LA SECRETARIA ACC.,
DRA. ADA MAITA MATUTE
En la misma fecha anterior se devolvió original en 13 folios útiles. Conste.,
LA SECRETARIA ACC.,
ABG. ADA MAITA MATUTE.