REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, doce de junio de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO : BP02-M-2005-000156
En mi condición de Juez Suplente Especial designada por la Comisión Judicial, en fecha 31 de Enero del año que discurre, para cubrir la falta del ciudadano Juez de este Despacho, Dr. Jesús Martínez Gago, a quien le fue concedido reposo médico, procedo en este acto a avocarme al conocimiento del presente asunto. Visto el convenimiento celebrado entre las partes en fecha 09 de Agosto de Dos mil cinco, este Tribunal lo HOMOLOGA en los mismos términos por ellos expresados y lo toma como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Así mismo, vista la anterior diligencia suscrita en fecha 08 de junio por el Abogado en ejercicio PASCUAL VELASQUEZ, en su carácter acreditado, en autos, y visto igualmente el contenido de la misma, este Tribunal acuerda de conformidad, en consecuencia se suspende la medida preventiva de embargo decretada por este Juzgado en fecha 15 de julio de 2005, se da por terminado el presente juicio, y se ordena la remisión del presente Expediente al Archivo Judicial,
La Juez Suplente Especial,
Dra. HELEN PALACIO GARCIA
La Secretaria Accidental
Dra. MARIEUGELYS GARCIA C.
HPG/mónica
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