REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, dos de junio de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO : BP02-S-2006-002609

Vista la solicitud de DECLARACIÓN DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por el ciudadano: RODOLFO TADEO SEMPRUN ROMERO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 16.252.830, debidamente asistido por la Dra. XIOMARA DIAZ FUENTES, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 81.567, y visto el justificativo evacuado por ante este Tribunal con las declaraciones de los ciudadanos: JORGE DEL CARMEN ROMERO RONDON y CESAR ROMERO RONDON, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 4.595.242 y 4.598.134, respectivamente, quienes manifestaron que conocen de vista trato y comunicación al solicitante, ciudadano RODOLFO TADEO SEMPRUN ROMERO; que igualmente conocieron al ciudadano RICARDO SEMPRUN TROCONIS, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 76.385, y estaba domiciliado en la ciudad de Caracas, Distrito Capital, que dan fe que el prenombrado ciudadano, era su padre y de su hermano RICARDO SEMPRUN FALCON; que solo son dos (02) hijos de nombres RICARDO JOSE SEMPRUN FALCON y RODOLFO TADEO SEMPRUN ROMERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 3.658.309 y 16.252.830, respectivamente, que les consta que el ciudadano RICARDO SEMPRUN TROCONIS, falleció ab-intestato, en la ciudad de Caracas, en fecha 26 de Noviembre de 2.004, que saben y les consta que RICARDO JOSE SEMPRUN FALCON y RODOLFO TADEO SEMPRUN ROMERO, son los únicos y universales herederos del ciudadano RICARDO SEMPRUN TROCONIS, no existiendo ninguna otra persona en línea descendiente, y el Tribunal vista la documentación acompañada a la solicitud y las declaraciones de los testigos antes nombrados e identificados considera suficientemente tales pruebas y Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA a los ciudadanos RICARDO JOSE SEMPRUN FALCON y RODOLFO TADEO SEMPRUN ROMERO, COMO LOS UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de su causante RICARDO JOSE SEMPRUN TROCONIS, dejando a salvo los derechos de terceros.
La Juez Suplente Especial,


Abg. Helen Palacio García
La Secretaria Acc.,


Abg. Marieugelys García Capella.


HPG/lorena.-