REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, siete de junio de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO : BP02-S-2006-000319
Visto el escrito presentado por el ciudadano CESAR HERNANDEZ GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 4.048.634, en su carácter de Presidente de la Junta de Condominio del Conjunto Residencial Puerto Príncipe, debidamente asistido por la Dra. ROSA ALBA PALMENTIERI, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 20.500, por una parte y el ciudadano MICHAEL PAGAZANI, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 3.178.596, en su carácter de Presidente de la Junta de Condominio de residencias Tanis, debidamente asistido por la Dra. CARMEN BERNAEZ DE GOMEZ, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 81.029, en fecha 06 de Junio de 2.006, y visto el contenido del mismo, y el convenimiento efectuado por las partes, este Tribunal lo HOMOLOGA en los mismos términos por ellos expresados y lo toma como Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada. Así se decide en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley.
La Juez Suplente Especial,
Abg. Helen Palacio García
La Secretaria Acc.,
Abg. Marieugelys García Capella.
HPG/lorena.-
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