REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, quince de junio de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO : BP02-F-2005-000155

Por cuanto de la revisión del presente asunto, se evidencia que el día 24 de marzo del 2.006, debió celebrarse el acto de contestación de la demanda, tal como lo establece el artículo 758 del Código de Procedimiento Civil; el Tribunal, por cuanto no compareció la parte demandante ni por sí, no por medio de apoderado a dar contestación a la presente demanda, declara EXTINGUIDO el presente asunto, contentivo del juicio de DIVORCIO, intentado por el ciudadano CARLOS COPELAN LOPEZ, en contra de la ciudadana MARITZOL MARGARITA PATIÑO FANDIÑO. Se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del mismo y así se decide.-

El Juez Suplente Especial,

Abg. Pedro Rafael Mejía. La Secretaria,

Abg. Doris Rojas de Nadales



PRM/DRN/Osc