REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, veintinueve de junio de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO: BP12-S-2006-002292
Vista la solicitud presentada por el ciudadano JOSE CONCEPCION PIÑANGO POMPA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.074.686 y domiciliado en Anaco Municipio Anaco del Estado Anzoátegui, asistido de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurias que fomentó a expensa propias con dinero de su propio peculio,.- Alinderada de la siguiente manera: NORTE: Con casa que es o fue de de Félix Moreno.- SUR: Con calle 24 de julio.- ESTE :Con casa que es o fue de Francisco de Jesús Amoroso y OESTE: Con casa que es o fue de Víctor Aguilera.- Dichas bienhechurias consta de cuatro (4) dormitorios, dos (2) pasillos internos, una (1) sala de recibo, una (19 sala comedor, dos (2) salas de baños, un (19 porche, un(1) garaje, cercada con paredes de bloques, su estructura es paredes de bloques, techo de acerolit y platabanda.- El valor invertido es la cantidad de TRES MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 3. 000.000,oo), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos ciudadanos MAAR BLANCO BRIGIDO MIGUEL y LUISA ALEJANDRIA GUERRA , éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le declara TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce el ciudadano: JOSE CONCEPCION PIÑANGO POMPA ya identificado, en las bienhechurias antes descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL

ELAINA GAMARDO LEDEZMA LA SECRETARIA

MARIANELA QUIJADA ESTABA