LA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
EN SU NOMBRE
SOLICITANTE: SOBEIDA MARGARITA MAITAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 8.490.728, domiciliada en la Calle José Felix Rivas S/n, en San José de Guanipa, Municipio Guanipa del Estado Anzoátegui. Asistida por la Abogada YOLKYS GONSALEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 85.754
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO
Se inició el presente procedimiento en virtud de la Solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentado por la ciudadana SOBEIDA MARGARITA MAITAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 8.490.728, domiciliada en la Calle José Felix Rivas S/n, en San José de Guanipa, Municipio Guanipa del Estado Anzoátegui. Asistida por la Abogada YOLKYS GONSALEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 85.754. En fecha 01 de Marzo del año 2006, se acordó darle entrada y anotarla en los Libros de Causas llevadas por este Tribunal. Mediante diligencia de fecha 25 de Abril de 2.006, la ciudadana SOBEIDA MAITAN, asistida por la Abogada YOLKYS GONSALEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 85.754, desistió de la solicitud.
Constatadas de las actuaciones cursante en autos, que la parte que formula el DESISTIMIENTO, tiene legitimación procesal y no existiendo prohibición legal sobre esta materia, ello es suficiente para darle su aprobación este Tribunal.
Publíquese, Regístrese y Déjese Copia Certificada.
DADA, FIRMADA Y SELLADA en la sala de despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario del Transito del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en la ciudad de El
Tigre al primer (01) día del mes de Junio del año dos mil seis. Años: 196º de la Independencia Y 147º de la Federación.
LA JUEZ TEMPORAL,
ANA MARIA DEL CIOPPO PEREZ
LA SECRETARIA,
ASUNTO: BP12-S-2006-000643
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